Abogados dividen aguas ante el último dictamen de la DT sobre grupos negociadores
Entre los profesionales hay opiniones divididas: un sector valida y respalda el nuevo pronunciamiento, y otros plantean que al cambiar la doctrina se genera mayor incertidumbre a las relaciones laborales.
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Opiniones divididas entre los abogados laborales dejó el pronunciamiento que emitió este jueves la Dirección del Trabajo, ahora liderada por Pablo Zenteno, el cual ratificó la existencia de los grupos negociadores, pero señaló que no hay un procedimiento establecido en el Código del Trabajo en torno a sus negociaciones y procedimientos de estos, por lo cual sus negociaciones son de “carácter atípico”. En simple, esta visión restringe las potestades de esta figura que puede conformarse en aquellas empresas donde no hay sindicato.
“La ausencia de un procedimiento legal implica que este servicio no se encuentra habilitado para determinar la forma en que se ejerce la voluntad colectiva de un grupo negociador”, dice Álvaro Domínguez, doctor en derecho y profesor de derecho del Trabajo de la Universidad de Concepción, y estima que el dictamen va en una línea similar a lo antes resuelto por la DT bajo la administración de Christian Melis.
Alineado con sentido de los cambios laborales de la expresidenta Michelle Bachelet, para el exsubdirector del Trabajo y profesor de derecho del Trabajo de la Universidad Diego Portales, Rafael Pereira, “se trata de una “correcta aplicación de lo que ocurrió tras el paso de la reforma por el TC, y es que los grupos negociadores quedaron sin regulación”.
El también profesor de derecho del trabajo de la UDP, José Luis Ugarte, el dictamen es “absolutamente correcto”, ya que la negociación de los grupos se sustenta en el artículo 14 bis del Código del Trabajo, el cual ya no existe porque fue derogado. Además, este es un tema que debe resolverse a través de una ley.
“Si entendemos que la DT tiene facultad para inventar procedimientos que no están en la ley, supongo que los abogados del sector empresarial no querrán ese poder en la DT, porque en el fondo están diciendo eso, que la DT puede inventar lo que no está en la ley”, plantea.
Junto con valorar que se retomara la doctrina inicial en este tema, la exjefa del departamento de relaciones laborales de la DT, Wendoling Silva, recalca que una real solución a este tema es que el legislador regule la materia. “El legislador lleva cinco años sin hacerse cargo de esto, le tiraron la pelota a la DT, pero es un problema del legislador”, cuestiona.
Desde el punto de vista de Jorge Arredondo, socio y director del grupo laboral de AZ, lo que hace la DT es reconocer la existencia de los grupos negociadores, pero explicando que no puede definir el procedimiento de negociación. “El dictamen no desconoce la existencia, lo que dice es que la DT no tiene la titularidad para darle el alcance de un instrumento colectivo”, sostuvo.
Los cuestionamientos
Crítico, Jaime Salinas, de Salinas Toledo, advierte que estos cambios interpretativos “reflejan la fragilidad de un sistema que, lamentablemente, según se viene observando justo en este tema, responde más a criterios personales (políticos y/o técnicos) del director de turno, que a una uniforme y acertada interpretación de la norma legal”.
Bajo su óptica, este nuevo criterio “omite integrar todas las demás normas que reconocen a los grupos negociadores de forma expresa en el Código del Trabajo, y bajo un criterio pro-operario mal entendido, les quita un derecho, para afianzar una titularidad sindical que fue hace años rechazada por el Tribunal Constitucional”.
Para el exdirector del Trabajo, Marcelo Albornoz, el pronunciamiento tiene un carácter “más simbólico que efectivo” y “genera una incertidumbre innecesaria”. Y acota: “Que la Dirección del Trabajo a esta altura diga que son o no instrumentos colectivos, la verdad es que no tiene mayor trascendencia, porque este asunto, cuando ha sido sujeto a controversia, han sido los tribunales los que deban decidir”, dice.