La Corte Internacional de Justicia (CIJ) anunció que
Perú y Chile tendrán que presentar los próximos 20 de marzo de 2009 y 9 de
marzo de 2010 sus respectivas memorias documentales por el contencioso por la
frontera marítima.
En un comunicado emitido este martes, el máximo órgano
judicial de la Naciones Unidas especificó que la decisión "fue tomada
teniendo en cuenta las posturas de las partes y las circunstancias del
caso".
El pasado 14 de marzo las delegaciones de ambos países,
encabezadas por el peruano Allan Wagner y el vicecanciller chileno, Alberto van
Klaveren, se reunieron a puerta cerrada con la presidenta de la CIJ, Rossalyn
Higgins, para exponer sus preferencias sobre las fechas.
Primero presenta su memoria el país demandante, en este
caso Perú, y a continuación el demandado, en este caso Chile.
A partir de la presentación de las memorias
documentales, que se inscriben la fase de argumentación escrita, las partes
podrían presentar alegaciones preliminares.
De ser ese el caso, la CIJ fijará fechas de celebración
de audiencias orales para tramitar las alegaciones previas, que en gran parte
de los casos se centran en poner en tela de juicio la competencia de la Corte
para dirimir en el contencioso.
Si no se presentan objeciones previas o si los jueces
las rechazan, la Corte establecerá a continuación las fechas de inicio de las
vistas orales -la llamada fase oral, que suele prolongarse dos semanas- para
tramitar el fondo de la demanda.
A partir de ahí, la terna de 15 jueces que componen la
CIJ deliberan durante meses antes de emitir su fallo final.
Perú demandó a Chile el pasado enero ante la CIJ para
que ésta fije la frontera marítima entre los dos países.
Lima también reclama el reconocimiento en favor de Perú
de una zona dentro de las 200 millas náuticas de la costa peruana que Chile
considera como una parte de alta mar.
En su demanda, Perú, que sostiene que la línea
divisoria con Chile parte del punto en la orilla del mar denominado Concordia,
pide a la Corte que "determine la frontera de acuerdo al Derecho
Internacional".
Lima mantiene que la frontera marítima con el país del
sur debe ser fijada por una línea equidistante a las costas de los países, y no
paralela, ya que considera que esta delimitación actual le resta territorio marítimo.
Chile alega que los límites marítimos bilaterales
fueron fijados en tratados suscritos en la década de 1950, que según la posición
oficial del Perú sólo son acuerdos pesqueros.
Como base de su denuncia,
Lima invoca el artículo XXXI del Pacto de Bogotá, firmado en abril de 1948 y
según el cual tanto Chile como Perú "reconocen, como cualquier otro Estado
americano, la jurisdicción de la Corte".