Comité de expertos propone cambiar modelo de tarificación en el mercado de gas natural y regular el acceso infraestructura a terceros
La instancia, designada por el Ministerio de Energía de cara a la ley larga, entregó el miércoles su informe final. En el documento, al que tuvo acceso DF, critica el mecanismo vigente y toma como referencia Reino Unido.
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Un paso relevante se dio de cara a una mejora regulatoria en el mercado del gas natural (GN) luego del polémico estudio de la Fiscalía Nacional Económico (FNE). Esta semana, el Comité de Expertos designado por el Ministerio de Energía para revisar el régimen aplicable de tarifas y acceso y cuyo fin era culminar con un informe de recomendaciones que aporten al desarrollo de una reforma regulatoria, entregó a la cartera su documento final, proponiendo un cambio sustancial al modelo vigente.
La intención de crear esta instancia fue anunciada por el ministro de Energía, Diego Pardow, en septiembre de 2022 -a una semana de su arribo- para que este trabajo fuese un insumo de cara a la ley larga de gas natural. Luego, en noviembre de ese mismo año, se ficharon los integrantes y se materializó el hito de constitución de este comité en el Palacio de La Moneda.
Los elegidos fueron Andrés Gómez-Lobo, Eduardo Saavedra, Soledad Hormazábal, Rodrigo Castillo y Ana María Montoya. Esta última, presidió la instancia y fue invitada en una oportunidad al Congreso a detallar los avances de este trabajo, los que se mantuvieron en reserva.
El documento final, al que tuvo acceso Diario Financiero, presenta una serie de recomendaciones regulatorias. En concreto, se concluye -por ejemplo- que existe algún grado de competencia entre el gas natural y otros combustibles, especialmente en clientes industriales y en residenciales para calefacción, pero "no existen antecedentes suficientes para afirmar que estos niveles de competencia disciplinan de manera adecuada los precios del GN".
Se dice que no pareciera haber evidencia de la existencia de sustitutos fuertes del GN para el caso de los clientes residenciales en usos distintos a la calefacción, de modo que estos fueran capaces de competir con el GN y disciplinar sus precios para este segmento de mercado y respecto de dichos usos.
En el informe -que tiene 181 páginas- se plantea que se debe garantizar el acceso a facilidades esenciales como los terminales, centrales de regasificación y las redes de transporte de GN. Además de establecer las condiciones de acceso a interconexión, dicen, se deben fijar una tarifa o peajes para estos servicios que permita a terceros usar esta infraestructura.
La misma tónica debiese pasar en cuanto a las redes de distribución de GN donde también se recomienda que se determine una tarifa de interconexión o peaje con la distribuidora, permitiendo así que terceros utilicen la red de distribución de los incumbentes existentes, imponiendo la obligación de interconexión y determinando un peaje objetivo, transparente y no discrimintorio que remunere el acceso a la red.
Asimismo, el comité sugiere optar por algún nivel de desintegración de propiedad que limite los porcentajes de participación entre las empresas verticalmente integradas, al menos al punto de impedir que se pueda ejercer el control de los activos relacionados (incluido a través de pactos de accionistas). Esta recomendación eso sí no aplica respecto a la integración vertical entre distribución y comercialización.
En cuanto a las regulaciones de las condiciones de acceso -esto es, de todas aquellas medidas que permiten la entrada de otros actores en la provisión de GN a clientes finales- hubo unanimidad en que es conveniente aumentar la competencia mediante el acceso de terceros a infraestructura que sea esencial para la provisión de GN residencial.
Coincidieron en que es adecuado permitir que las empresas que brindan servicios de distribución y comercialización puedan continuar suministrando ambos servicios, pero las empresas relacionadas deben mantener una estricta separación de contabilidad, adecuadamente reglada, que permita identificar las rentabilidades independientes de los dos (o más) servicios que se proveen.
El nuevo régimen
A juicio de la instancia, el mecanismo de chequeo de rentabilidad máxima adolece de "varias deficiencias". Según explican, el límite de rentabilidad anual de costo de capital más 3%-5% podría ser insuficiente o excesivo para garantizar tarifas competitivas.
En este punto viene la crítica clave. Si bien el mecanismo de regulación tarifaria en base a una empresa modelo -entendida como tarificar en base a los costos de una empresa ficticia diseñada desde cero para satisfacer óptimamente y a mínimo costo la demanda proyectada de una empresa regulada en una determinada área de concesión- tiene una tradición de décadas en Chile, "adolece de deficiencias que se deben considerar y que no hacen recomendable su mantención como modelo de referencia". "En opinión de todos los miembros de este Comité, se debería avanzar a otro esquema regulatorio en Chile", sentencian.
Esto, entre otras razones, porque el diseño de la empresa modelo, excesivamente detallada, fuerza al regulador a microgestionar la empresa regulada, exacerbando los problemas de asimetría de información.
¿Qué se propone? Un sistema de tarificación más afín a la práctica regulatoria de otras jurisdicciones, en particular el Reino Unido. Se detalla que una de sus principales características, que la distinguen del esquema de empresa modelo, es que la remuneración al capital se establece en base al valor de las inversiones efectivamente materializadas en cada período tarifario (con ajustes por eficiencia tipo brownfield) y no en base a los activos de una empresa ficticia que inicia sus operaciones (greenfield).
"Este sistema asegura que los financistas obtengan un retorno sobre lo que efectivamente han invertido en la empresa dentro del período de tarificación. Además, esta opción reduce los riesgos que enfrentan las empresas reguladas, lo que justificaría la eliminación del piso mínimo al costo de capital que establece la actual legislación", se afirma.
Entre las principales características y otras recomendaciones del modelo de regulación propuesto es que se debe remunerar el valor de las inversiones efectivamente materializadas en cada período tarifario (con ajustes por eficiencia tipo brownfield).
También, se recomienda revisar el piso de 6% en la determinación del costo de capital. "Dado que nuestra recomendación es reemplazar este modelo regulatorio por uno que sí asegure la adecuada remuneración de estas inversiones eficientes, no creemos que exista, en adelante, y en caso de efectuarse este cambio de modelo, justificación económica para este piso de rentabilidad bajo un sistema regulatorio como el descrito", aseguran.
En este caso, agregan, "el único riesgo regulatorio que enfrentaría la empresa real sería el de eventuales errores de parte de un regulador que no cuente con adecuados mecanismos de asesoría y control", por lo que se sugiere la necesidad de revisar la actual orgánica e institucionalidad regulatoria del sector.
Pero no todo fue consenso entre los integrantes de la instancia. En cuanto a la regulación de tarifas, un grupo cree que debe ser aplicado de inmediato y luego ser revisado por el TDLC si cambian las condiciones del mercado. Otros, en tanto, apuestan a que se debe partir con la autorregulación hasta que el organismo realice su análisis.
La instancia de trabajo para avanzar
en la ley larga del sector
La intención de crear esta instancia fue anunciada por el ministro de Energía, Diego Pardow, en septiembre de 2022 -a una semana de su arribo- para que este trabajo fuese un insumo de cara a la ley larga de gas natural. Luego, en noviembre de ese mismo año, se ficharon los integrantes y se materializó el hito de constitución de este comité en el Palacio de La Moneda.
Los elegidos fueron Andrés Gómez-Lobo, Eduardo Saavedra, Soledad Hormazábal, Rodrigo Castillo y Ana María Montoya. Esta última, presidió la instancia y fue invitada en una oportunidad al Congreso a detallar los avances de este trabajo, los que se mantuvieron en reserva.