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Sernac evaluará continuidad en entrega de servicios tras terremoto

El organismo está revisando reclamos para iniciar acciones ante eventuales incumplimientos a la ley.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Miércoles 2 de abril de 2014 a las 15:38 hrs.
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Tras el terremoto que afectó ayer principalmente las regiones de Arica y Parinacota y Tarapacá, el SERNAC inició una serie de acciones tendientes a resguardar que los derechos de los consumidores en los diferentes servicios sean respetados.

Entre estas medidas, está el envío de información a las empresas, con el propósito de recordar cuáles son sus obligaciones ante este tipo de emergencias.

Por ejemplo, en el caso de las empresas de transporte aéreo, ante suspensión de vuelos los consumidores no pueden perder su pasaje. Éstos deberán ser devueltos o los viajes deben ser reagendados.

Las empresas deben informar oportuna y adecuadamente a los consumidores sobre las formas de recuperar sus pasajes o reagendar los viajes.

Si las empresas de transporte ponen dificultades y no facilidades o no respetan estos derechos, los consumidores pueden reclamar ante el SERNAC, que está en coordinación con la Junta de Aeronáutica Civil y con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para el resguardo de sus derechos.

En el caso de servicios básicos, por ejemplo, servicios sanitarios y eléctricos, es importante recordar que es obligación de las empresas reponer el servicio lo antes posible, resguardando la continuidad de la prestación.

Respecto de las inmobiliarias, las empresas deben cumplir al pie de la letra con lo que señala la Ley y deben respetar cabalmente los derechos de los consumidores ante eventuales reparaciones que sea necesario realizar en las viviendas.

En cuanto a recintos como supermercados o malls, las empresas deben facilitar y no dificultar o impedir la evacuación de los consumidores poniendo a su disposición los medios adecuados, lo que incluye, por ejemplo levantar barreras y desbloquear salidas.

Ante situaciones de interrupciones de los servicios financieros, las empresas deben informar de manera clara, oportuna y completa, a todos los consumidores, sobre sus planes de contingencia, especialmente en relación a las necesidades de disponibilidad de dinero en las zonas geográficas afectadas.

Asimismo, deben tenerse presente las circunstancias excepcionales que podrían impedir a los consumidores dar oportuno cumplimiento a sus obligaciones financieras, en caso de vencimiento de deudas que no pueden pagarse por cierre de sucursales.

En todos estos mercados, el Servicio está revisando y analizando los reclamos ingresados por los consumidores, para iniciar acciones ante eventuales incumplimientos a la ley, en caso que corresponda.

El Director del SERNAC (PT) Ernesto Muñoz, señaló que " siempre en caso de alguna situación excepcional, como puede ser un movimiento telúrico, una alarma de bomba o un incendio, las empresas deben ser profesionales y contar con protocolos y políticas destinadas a asegurar el pleno respeto de los derechos de los consumidores, especialmente su derecho a la seguridad en el consumo y a la protección de su integridad física".

"Si las empresas no cumplen con cualquiera de estas obligaciones, los consumidores tienen derecho a reclamar y a ser indemnizados y compensados por todos los daños causados, de acuerdo a lo que determinen los tribunales competentes", añadió la autoridad.

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