Laboral & Personas

PedidosYa: repartidores rechazan fallo judicial que negó vínculo laboral con aplicaciones y alistan acciones legales

Riders también realizaron un llamado al Congreso a regular prontamente esta materia.

Por: Carolina León | Publicado: Jueves 20 de mayo de 2021 a las 12:30 hrs.
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Tribunal del Trabajo desestimó la existencia de una relación laboral entre los repartidores y la empresa. Foto: Agencia Uno
Tribunal del Trabajo desestimó la existencia de una relación laboral entre los repartidores y la empresa. Foto: Agencia Uno

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Hace unos días, se conoció una sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo, en la cual la justicia rechazó una demanda interpuesta por siete exrepartidores de la aplicación Pedidos Ya, quienes exigían a la justicia declarar el reconocimiento de una relación laboral entre ellos y la citada plataforma.

El fallo señaló que no existían los antecedentes necesarios para confirmar la existencia de un vínculo laboral entre los involucrados. Pronunciamiento que no cayó bien entre las agrupaciones que representan a los trabajadores que se desempeñan como repartidores de aplicaciones móviles.

A través de una declaración, las agrupaciones Riders Unidos Ya, Repartidores Penquistas, Sindicato Cornershop, Defensa Motorizada, Riders V Región y el Sindicato Papa John's, señalaron que la sentencia de la justicia "demuestra una vez más lo grave que resulta para la protección de todos los trabajadores y trabajadoras dejar que sean los tribunales los que determinen si un trabajo accede o no a derechos laborales. Mientras no exista una legislación que reconozca de forma expresa la relación de trabajo de los trabajadores y trabajadoras de plataformas de servicios, la dignidad y los derechos en estos 'nuevos' trabajos, seguirán siendo condicionados por los resultados azarosos de los procesos judiciales".

Para las agrupaciones, la sentencia en cuestión tiene "un pobre fundamento jurídico y un liviano análisis de la prueba".

En la declaración entregada, si bien los trabajadores reconocen que son los tribunales quienes tienen la autoridad para referirse al tema, piden que sus resoluciones y pronunciamientos deben cumplir con un "mínimo estándar democrático".

¿Qué significa esto? Para las agrupaciones, los pronunciamientos judiciales deben ser fundados y "dar aplicación a los principios y normas que orientan la materia a resolver. Sin embargo, de la siempre lectura del fallo que rechazó la demanda de los extrabajadores y trabajadoras de PedidosYa, queda en evidencia que se trata de un fallo infundado, que omite prueba rendida, con análisis insuficiente de la prueba y que se aparta de los principios básicos del Derecho del Trabajo", dice la declaración.

Con todo, los trabajadores presentarán un recurso de nulidad para dejar sin efecto la sentencia.

Por último, las agrupaciones hicieron un llamado al Congreso "a terminar con nuestra absoluta precariedad y aprobar de forma urgente la legislación que reconozca nuestra calidad de trabajadores y trabajadoras sin ambigüedad, como ha ocurrido mayoritariamente en el mundo y como además lo han reconocido las mismas plataformas en algunos países europeos. La dignidad y un trabajo con derechos no debiera depender de ninguna condición".

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