Adelanto de vacaciones de invierno: dictamen de la DT permitirá el teletrabajo para madres y padres con hijos menores de 12 años
El director del Trabajo, Pablo Zenteno reiteró que dicha modalidad es un derecho de los trabajadores, siempre y cuando la naturaleza de sus funciones lo permita.
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Ayer, la Dirección del Trabajo emitió un dictamen en el que señaló que ante la anticipación y extensión de las vacaciones de invierno anunciada por los ministerios de Salud y Educación, así como de la vigencia de una alerta sanitaria, los empleadores deben permitir a sus trabajadores con hijos menores de 12 años teletrabajar.
Y es que así lo estipula el artículo 206 bis del Código del Trabajo, el cual establece que ante una declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública o de una alerta sanitaria por epidemia o pandemia, los empleadores deberán ofrecer la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo a los trabajadores que tengan a su cargo el cuidado de infantes en edad preescolar, de niños de hasta 12 años y de personas con discapacidad.
Según precisó el director del Trabajo, Pablo Zenteno, dichas condiciones actuales se cumplen, por lo que los empleadores deben dar esta posibilidad. Zenteno, además, dijo que los lineamientos del dictamen aplican para la semana excepcional de vacaciones que se anticipó, pero para los días posteriores no aplicaría porque dichos días de descanso ya estaban planificados. Además, para pactar dicha modalidad, la naturaleza de las funciones del trabajador debe permitirlo.
Con todo, Zenteno reiteró que hay otras normativas que permiten a los trabajadores pactar con sus trabajadores el teletrabajo, como la Ley 21.342 de retorno seguro al trabajo, la cual también permite pactar el teletrabajo cuando el trabajador o trabajadora sea cuidador de niños menores. Además, también existe la Ley de Teletrabajo, la cual permite pactar el trabajo a distancia.
Respecto al dictamen, Zenteno realizó un llamado a los empleadores a facilitar esta modalidad de trabajo cuando la naturaleza de las funciones lo permita.
“Obviamente hay trabajos en los que no se puede teletrabajar, pero en los que sí, llamamos a que se respete este derecho”, dijo el titular del servicio, recalcando que los empleadores que no respeten la normativa se exponen a sanciones.
“Aquellos trabajadores y trabajadoras que sientan y que consideren que no se está cumpliendo este derecho, pueden hacer la denuncia en nuestras diversas inspecciones a lo largo de Chile, pero también a través de nuestros canales digitales”, dijo el director, recalcando que es un derecho de los trabajadores.
De acuerdo a datos de la Dirección del Trabajo, a la fecha se han registrado 109.529 pactos de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades mixtas. Dichos pactos, involucran a 105.751 personas y 3.924 empresas.