A toda marcha la Dirección del Trabajo (DT) continúa con las publicaciones de los dictámenes de oficio en el marco de la reforma laboral. Ayer el organismo emitió el séptimo de los nueve pronunciamientos que contempla publicar. Y esta vez, el turno fue del derecho a huelga, uno de los puntos más controvertidos de la ley que moderniza las relaciones laborales.
El texto es claro en sostener que la huelga es un derecho fundamental y un medio legítimo de los trabajadores para resguardar sus intereses y debe ser ejercida colectivamente. Asimismo, el dictamen profundiza en la prohibición de reemplazo y las nuevas posibilidades de negociación durante el conflicto.
Y aunque a juicio de los expertos no hubo mayores “innovaciones” en cuanto a los aspectos que inciden directamente en la regulación de la huelga, como la votación de la movilización y los plazos para presentar la última oferta del empleador, los técnicos advierten que el pronunciamiento deja una “preocupación en el aire”.
En el texto se explicita que sin incurrir en prácticas desleales el empleador puede modificar turnos, horarios y efectuar “adecuaciones necesarias” para asegurar que los trabajadores no huelguistas puedan ejecutar las funciones convenidas en sus contratos de trabajo siempre que la huelga haya alterado la normalidad de sus funciones, sin exceder los máximos diarios y semanales legales ni vulnerar sus contratos de trabajo.
Y aunque se agrega que tales adecuaciones no pueden ser una forma de reemplazo interno para minimizar la huelga, algunos abogados laborales comentan que la DT habría desaprovechado la oportunidad de dar mayor claridad respecto a este concepto, ya que precisamente fue uno de los más discutidos en el marco de la tramitación de la reforma en el Congreso. “No las explica. No da ejemplos. No hay una definición de lo que sentiende por adecuaciones necesarias”, comentan.
El abogado de LyD, Sergio Morales, detalla que el organismo podría haber planteado la misma lógica que utilizó en el dictamen referente a los pactos de adaptabilidad, que contenía ejemplos de aplicación práctica.
Así, considerando que la nueva ley comienza a regir íntegramente el próximo 1 de abril, plantea su preocupación y asegura que la DT “desperdició una oportunidad importante para dar mayores luces a los empleadores y a los mismos trabajadores respecto de qué cosas podían hacer durante la huelga y qué cosas no podían hacer”.
Los textos pendientes
Ahora a la DT le resta pronunciarse frente a las reglas especiales para negociaciones colectivas de sindicatos interempresa, de trabajadores eventuales, de temporada y por obra o faena y, finalmente, sobre prácticas antisindicales. Y, posteriormente, emitirá otros dictámenes aclaratorios en respuesta a consultas recientes.