En la recta final de la publicación de los dictámenes de oficio transita por estos días la Dirección del Trabajo (DT). En los últimos meses, el servicio ha revelado siete de los nueve pronunciamientos que tiene contemplado emitir en medio de la implementación de la reforma laboral. Los dos restantes, el dictamen sobre reglas especiales para negociación colectiva de sindicatos interempresa y trabajadores eventuales, de temporada y de obra o faena transitoria, y el texto sobre prácticas desleales y otras infracciones en la negociación colectiva, se conocerían durante la próxima semana. Así, la DT abrirá una segunda etapa en la que deberá resolver consultas clave relativas a los grupos negociadores y el derecho a la información. Y aunque los expertos coinciden en que el organismo se ha pronunciado apegado a sus funciones, también creen que no despejó dudas sobre materias clave.
Luksic pide fijar alcance de las "adecuaciones necesarias"
"Siempre ayuda que la autoridad vaya pronunciándose respecto a materias fundamentales en la aplicación de la ley. Sin embargo, aún falta por aclarar, tanto respecto a las temáticas sobre las que ya emitió dictámenes como sobre las que no se ha pronunciado aún", lanza el ex subsecretario del Trabajo, Zarko Luksic. Por esto, dice, la consecuencia de una materia no suficientemente aclarada es la judicialización.
¿Y cuáles serían los focos potenciales de judicialización? Para Luksic son tres: requerimientos de información respecto a cargos dentro de una empresa, el límite de la habitualidad en las funciones para poder distinguir entre reemplazo en huelga y adecuaciones necesarias, y el procedimiento de negociación colectiva aplicable a grupos dentro de una empresa.
Mientras, en un carril paralelo, señala que el dictamen sobre el derecho a información y el que se refiere a extensión de beneficios generan más inquietud. Pero también se da el tiempo de aclarar que el último texto emitido sobre huelga también se suma a las dudas. "El dictamen menciona que el ejercicio del derecho a huelga no puede impedir la libertad de trabajo, pero no queda claro cómo se va a operar la aplicación de la práctica desleal que está en la letra f) del artículo 404 que hace mención a que será práctica desleal impedir por medio de la fuerza el ingreso a la empresa de los trabajadores no involucrados en ella", explica.
Poniendo bajo la lupa las publicaciones, dice que en el dictamen de servicios mínimos se abren interrogantes como qué pasa si en una empresa existe un sindicato que nunca ha negociado colectivamente. "¿En qué momento debe calificar junto con el empleador los servicios mínimos?", dice.
Y aunque la DT se pronunciará frente a consultas "de parte", para Luksic se debería emitir un dictamen fijando el sentido y alcance del concepto "adecuaciones necesarias". "Sería de suma utilidad, y ayudaría a descomprimir eventuales litigios judiciales presentados a los Tribunales", agrega.
"La ley es muy ambigua en esta materia de los servicios mínimos"
El gerente general de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), Cristián Herrera, asegura que el dictamen que más preocupa es el relacionado con la negociación colectiva y la huelga, ya que "queda la sensación de que estos derechos se elevarían por vía administrativa al rango de garantías constitucionales".
Sin embargo, también plantea que generan inquietud los dictámenes que aún no son preparados, porque para el sector son clave los pronunciamientos que precisarán aspectos de lo establecido en la nueva normativa sobre los grupos negociadores y los contratos por obra o faena.
De hecho, para los próximos días se contempla el dictamen sobre reglas especiales para la negociación colectiva de sindicatos interempresa y trabajadores eventuales, de temporada y de obra o faena transitoria.
"Esperamos precisiones respecto de cuáles serán los servicios mínimos que deben prestarse cuando no haya acuerdo entre las empresas y sus sindicatos", añade.
Sobre los puntos específicos que podrían constituir focos potenciales de judicialización, Herrera es enfático: "Si no se precisa bien cuáles serán las reglas y condiciones de la negociación de las empresas con los grupos negociadores, creemos que podrían generarse focos de judicialización en esta materia".
Además, explica, podría haber ciertas dificultades con los servicios mínimos, respecto de si estos deben o no prestarse y sobre las condiciones en que se concreten. Por esto, en el gremio esperan que la DT emita realmente un pronunciamiento que precise las reglas que regirán a los grupos negociadores.
Así, dice Herrera, se evitaría focos de conflicto por fallas en la interpretación. "La ley es muy ambigua en esta materia, por lo que se requieren precisiones", afirma.
Con todo, en el gremio creen que hay materias que mejorar respecto de los siete textos, pero están confiados en que habrá instancias para hacerlo de forma colaborativa.
No es claro que la DT se comprometa con un tema ajeno a sus facultades
Aunque para Marcelo Albornoz los dictámenes han abordado la nueva ley de manera general sin establecer criterios jurídicos definitorios y controversiales, por lo que han fijado el marco general de la reforma, dice que la DT debió haber anticipado la entrega de todos los pronunciamientos programados, ya que queda poco tiempo para el 1 de abril.
El ex director del Trabajo reconoce sus dudas frente al dictamen de huelga, pero también asevera que el texto sobre derecho de información y el deber de reserva de las remuneraciones de los trabajadores no sindicalizados generó mucha incertidumbre. "No se abordó la necesaria autorización que cada trabajador debe dar al momento que el sindicato pida sus rentas. La ley expresamente protegió el derecho a la confidencialidad del trabjador en su relación laboral", explica.
Consultado sobre las materias donde se deberían realizar requerimientos a la DT para dar mayor claridad, el abogado cree que al organismo no se le puede exigir que aclare todos los temas, "pues la mayoría de las controversias que se esperan llegarán a los Tribunales del Trabajo y al Tribunal Constitucional". Eso sí, puntualiza, "sería conveniente que se aclarara pronto el tema del derecho de información, los criterios que se aplicarán sobre servicios mínimos y su opinión sobre las adecuaciones necesarias".
Sobre el contenido del dictamen de los grupos negociadores, Albornoz, dice no tener claro si la DT quiera comprometerse con un tema que -a su juicio- escapa a sus facultades legales, ya que no puede crear normas ni tampoco puede desobedecer el fallo del TC. Y agrega: "De otra forma una autoridad de gobierno estaría desconociendo el fallo de un órgano constitucional. Eso puede ser muy complejo para nuestro estado de derecho".
¿Focos de judicialización? "La negociación colectiva de grupos negociadores, las adecuaciones necesarias en la huelga y la aplicación de las nuevas y amplias causales de prácticas antisindicales", dice.
Morales: "Si bien no pecan en exceso, sí lo hacen por defecto"
"Si bien no pecan por exceso, sí lo hacen por defecto". Así ilustra el abogado de LyD, Sergio Morales, lo que han representado los siete dictámenes de la DT hasta el momento.
A su juicio, los textos no han podido proporcionar la suficiente claridad respecto a contenidos que requerían una mayor definición de parte de la autoridad administrativa.
Precisa que los dictámenes de servicios mínimos y de extensión de beneficios son los textos "más complicados" del set de pronunciamientos y que, además, abren mayor espacio de incertidumbre en cuanto a su contenido y a la "operatividad práctica" de estas figuras jurídicas.
¿Pero cuáles son las nebulosas? Sobre los servicios mínimos, explica que se dejan dudas respecto de -por ejemplo- la posibilidad de fijar servicios por establecimiento; recoger acuerdos parciales o cómo dirimir en caso de divergencias en servicios mínimos existiendo varios sindicatos.
En cuanto a la extensión de beneficios, el texto dejaría "en tierra de nadie la forma en que se extenderán los beneficios a los trabajadores que se afilian con posterioridad al sindicato".
También agrega otro elemento: las adecuaciones necesarias en la huelga. "La DT vuelve a guardar silencio desaprovechando la gran oportunidad de hacerse cargo del sentido y alcance de este nuevo concepto jurídico que se introduce con la reforma laboral", dice. ¿Raya para la suma? Señala que lo relacionado con los servicios mínimos generará un incremento considerable en materia de conflictividad y judicialización administrativa. Asimismo, dice detectar judicialización en tópicos de adecuaciones necesarias en la huelga y en algunas materias relacionadas con el derecho a información.
Y agrega que la DT debe emitir un pronunciamiento por los grupos negociadores, sin embargo, "no es posible imputar toda la responsabilidad a la DT, toda vez que en verdad debiera haber sido el Ejecutivo quien enviara a la brevedad un proyecto de ley adecuatoria".
Lizama insiste en la necesidad de aclarar el derecho a la información
El abogado laboral y asesor de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa), Luis Lizama, reconoce que los siete pronunciamientos se han limitado a cumplir una función explicativa y didáctica. Y que, sólo de manera marginal, en algunos de estos textos se ha ido más allá del "texto legal o de la historia de la ley". Sin embargo, es claro en admitir que mientras no se emita el dictamen de grupos negociadores seguirá existiendo "un asunto muy relevante para la aplicación de la ley pendiente".
Pese a todo, califica como "destacable" que la DT -por ejemplo- haya afirmado que no hay efecto colectivo por afiliación sindical y que los trabajadores beneficiados por la extensión están autorizados a negociar colectivamente a contar de la vigencia de la ley.
¿Pero dónde están los ruidos más preocupantes? El abogado es tajante y dice que el dictamen que ha generado más inquietud tiene que ver con el derecho a la información de los sindicatos respecto de las remuneraciones por cargos y funciones de los trabajadores.
Esto, según Lizama, "porque el dictamen contra "texto expreso" interpreta que los "cargos" y "funciones" se refieren a tipos (o familias) de los mismos, dando lugar a que se concluya que el cargo "gerente" es uno solo aunque haya "gerente general", "gerente comercial", "gerente de RRHH", etc., obligando a las empresas a dar a conocer las remuneraciones de sus ejecutivos (aunque la ley limitaba esta obligación a cargos ocupados por más de cinco trabajadores)".
De hecho, el comité laboral de la Sofofa ya presentó una reconsideración a este dictamen, el que debiera tener una pronta respuesta por parte de la DT.
Desmenuzando los textos, no ve "problemas" en el dictamen de huelga, pero cree relevante especificar que se sostiene la plena vigencia de la regla que establece que la huelga de la contratista no afecta a la empresa principal (con un único límite: la empresa principal no puede poner término al contrato comercial con la empresa contratista).