Dirección del Trabajo publica dictamen sobre prácticas antisindicales y ratifica multas
El documento señaló que continuará siendo labor del Juzgado de Letras del Trabajo o en su defecto el Tribunal con competencia en materia laboral, quien debe fallar en estas causas.
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La Dirección del Trabajo (DT) publicó ayer el octavo de los nueve dictámenes asociados a la Ley que garantiza la Modernización de las Relaciones Laborales, en la cual se ratificaron los cambios introducidos con la reforma en relación a los tipos de prácticas antisindicales y desleales y las sanciones frente a este tipo de hechos.
El dictamen corroboró la lista de casos sancionables incluidos con la reforma ampliándolos respecto a la norma anterior, destacando los relacionados con obstaculizar la formación o funcionamiento de sindicatos, negarse a dar a los dirigentes información sobre la marcha de la empresa en el caso de los empleadores; y acordar o presionar al empleador para cometer una práctica antisindical, multar o desafiliar a un socio por no acatar una decisión ilegal en el caso de los sindicatos o trabajadores.
Respecto a las multas, se ratificaron los montos y la escala en relación al tamaño de las empresas, lo que no estaba incluido en la ley anterior vigente, estableciendo un mínimo de 5 UTM ($ 231.840) y un máximo de 300 UTM ($13.910.400).
Finalmente, se confirmó que las multas ya no serán a beneficio del Sence, sino que al Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas, administrado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
La DT destacó el propósito de promover el diálogo que tiene la nueva Ley, lo que se garantiza reforzando la sanción de prácticas que atenten contra dicho propósito. "La nueva ley prioriza el perjuicio real que estas conductas puedan ocasionar, por sobre la exigencia de demostrar ánimo deliberado de daño que primaba en la antigua ley", indicó.