Nuevo Sernac podrá “allanar” empresas en procesos de fiscalización
Director del servicio celebró la incorporación de Internet a la lista de servicios básicos que cuentan con indemnización legal para los consumidores.
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En junio de 2014 ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que prometía darle “uñas y dientes” al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). A más de cuatro años de ese acontecimiento, una compleja tramitación legislativa y algunos pasos por el Tribunal Constitucional, ayer la Contraloría General de la República dio el vamos a la promulgación del proyecto y publicó la Ley 21.081, la que según el director de la entidad, Lucas del Villar, es el mayor cambio en más de 20 años.
“Desde ahora, los consumidores chilenos van a estar más protegidos frente a las infracciones que puedan cometer las empresas”, destacó ayer el personero luego que se conociera la decisión de Contraloría.
Nuevas facultades
Al abordar los beneficios y principales cambios que involucra la norma, aseguró que la mayor innovación de la iniciativa es la nueva facultad fiscalizadora con la que contará la institución, la cual le permitirá a los funcionarios del servicio “allanar” empresas.
En concreto, el nuevo texto legal sostiene que los funcionarios del servicio estarán facultados para ingresar a inmuebles en que se desarrollen actividades objeto de fiscalización, tomar registros del sitio o bienes fiscalizados, levantar actas y dejar testimonio en ellas de quienes se encontraren en el lugar de la fiscalización y, en general, “proceder a la ejecución de cualquier otra medida tendiente a hacer constar el estado y circunstancias de las actividades fiscalizadas”, sostiene la ley.
Para el cumplimiento de esta tarea, y en caso de que la empresa en cuestión se resista a la fiscalización, los funcionarios podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública.
“El día de mañana el Sernac va a poder ingresar a los inmuebles, va a poder exigir que se le entregue antecedentes, registros, y por lo tanto va a tener facultades mucho más duras de las que tiene hoy (...) estamos frente a herramientas muy robustas”, recalcó del Villar.
Mayor alcance y nuevos plazos
Con la naciente ley, la cual entrará en vigencia en seis meses más, los consumidores tendrán más tiempo para denunciar una infracción. Si actualmente cuentan con seis meses para hacerlo, ahora las personas tendrán dos años para ir a tribunales.
“Este plazo se va a suspender cuando el Sernac inicie procedimientos voluntarios colectivos o tramite reclamos o denuncias contra las empresas”, agregó el director.
Otro de los aspectos destacados por la institución, es el aumento de las multas a las empresas que comentan infracciones generales, que ahora tendrán un techo de hasta 300 UTM, seis veces más altas de lo que existe actualmente.
Del Villar también celebró la incorporación de Internet a la lista de servicios básicos que cuentan con indemnización legal para los consumidores en casos de suspensión o interrupción del servicio. “Esta es una buena noticia respecto a la interrupción injustificada de servicios básicos, las empresas de forma automática van a tener que indemnizar a todos los consumidores afectados en todos los mercados, incluso la nueva ley incorpora el servicio de Internet, que actualemente no está en la ley”, dijo.
La norma, que incorpora una serie de otros cambios -como el aumento del presupuesto y de la dotación de funcionarios del servicio-, fue celebrada por algunos gremios empresariales. “La ley oficializada refuerza considerablemente al Sernac y eso a nosotros nos parece extraordinariamente positivo (...) creemos en un Sernac que sea puente e instrumento de colaboración para el cumplimiento de la ley”, dijo Manuel Melero, presidente de la CNC.
Claudio Ortiz, vicepresidente ejecutivo de Retail Financiero, agregó que “con la promulgación de esta nueva ley se establece un marco regulatorio mucho más exigente, porque fortalece sustancialmente la labor del Sernac, sumándole nuevas atribuciones, un mayor presupuesto y aumentando considerablemente las multas”.