Casi un mes después del plazo original que se había establecido como meta el ministro del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Peñailillo, el gobierno finalmente envió al Senado el proyecto de ley antiterrorista que modificará la actual ley 18.314. Esta celeridad e importancia que La Moneda le brindó a esta iniciativa se estableció tras el atentado del pasado 8 de septiembre en el subcentro de Escuela Militar. Desde entonces, el jefe de gabinete dio prioridad a esta materia, apurando el trabajo de la comisión asesora- liderada por el abogado Juan Pablo Hermosilla-, y fijando plazos para sacar adelante una nueva ley antiterrorista que era considerada por el gobierno como poco eficaz y no acorde a los nuevos tiempos.
Bajo ese escenario, La Moneda comenzó a establecer una batería de cambios legales. Así también, hace pocas semanas se anunció la creación de fiscalías de Alta Complejidad para el Ministerio Público, lo que irá acompañado de un reforzamiento completo de la Fiscalía, mientras paralelamente Interior se encuentra trabajando en una nueva ley de inteligencia que debería darse a conocer en las próximas semanas.
Así, el texto legal por delitos terroristas fue entregado oficialmente ayer a los miembros de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta en el despacho del ministro del Interior. A la cita asistieron el presidente de la instancia, el senador Felipe Harboe (PPD), Hernán Larraín (UDI) y Alberto Espina (RN). Todos coincidieron en la relevancia del proyecto, y que éste debe ser abordado como política de Estado, ojalá con un acuerdo político lo mayormente transversal posible.
Un acuerdo que Peñailillo venía trabajando hace semanas y que entre otras razones significó la demora en el envío del nuevo texto legal. Es así como analizó en detalle la propuesta efectuada por RN, con el fin de llegar al Parlamento con un proyecto, en lo escencial, consensuado.
Otro de los factores que marca la importancia de esta agenda de seguridad del gobierno, lo apuntan las últimas encuestas, como la de Plaza Pública Cadem, que dan cuenta de una preocupación de la ciudadanía por estos temas. En ese plano, no sólo un 79% de los encuestados cree que la delincuencia ha aumentado, sino que un 62% desaprueba la gestión del gobierno en los casos de terrorismo.
Las propuestas
En ese contexto, el nuevo proyecto incorporó elementos que para la derecha eran fundamentales. Entre ellos, no se consideró la propuesta de la "Comisión Hermosilla" en torno a la derogación del artículo 9 de la Constitución que define acto terrorista. Esta medida no era bien mirada en la oposición, y según relata un parlamentario, sacarla del proyecto tampoco significa jurídicamente algo relevante, ante lo cual era necesario "hacer un gesto". Así también, se incluyeron elementos como la tipificación del llamado "terrorista solitario", tomando como parámetro para su establecimiento el código penal español. Y otro de los puntos centrales que preocupaban a la oposición que fueron atendidos es que se amplía el concepto de delito terrorista más allá de cómo los establece la actual normativa.
El senador Espina valoró este punto: "Se amplía el concepto de delito terrorista, que hoy sólo se configura cuando el autor tiene como propósito intimidar o atemorizar a la población de ser víctima de los delitos de la misma naturaleza, agregando otros elementos, como que sin prejuicio de que no cause ese temor, quiera arrancar decisiones a la autoridad o afecte el orden público si comete delitos graves, homicidio, incendio secuestro. Nos parece importante que el delito pueda ser cometido no sólo por una agrupación ilícita, por un grupo de personas o una sola persona", indicó.
Por su parte, el senador Hernán Larraín expresó que con esta ley se endurecen las penas. "El proyecto innova de forma muy significativa por el hecho de constituirse para perseguir actos criminales como homicidio, recurso cuya finalidad sea alterar el orden público o la institucionalidad democrática o infundir temor en la población, ya estamos en presencia de un delito terrorista, a eso se le agrega si comete un homicidio, secuestro o incendio, se le agrega ese delito. Esta es una ley dura", expresó".
Principales cambios
En lo penal: se incorpora la "asociación terrorista" y la "delincuencia terrorista".
Para el llamado "terrorista solitario" se establecen sanciones sobre la base de dos figuras: una basada en el art. 577 del Código Español, sancionando a quienes actúan con los propósitos terroristas de una organización o asociación terrorista, aun sin pertenecer a ella. Otra, sancionando a quienes habiendo participado en la ejecución de los delitos graves señalados en la ley, hubiesen adherido a los propósitos de perpetración de los crímenes señalados, manifestados por organizaciones o asociaciones nacionales o extranjeras, sea el medio de adhesión electrónico, telefónico, redes sociales u otro.
En lo procesal penal: se incorpora un Título al Código Procesal Penal que establece medidas de investigación respecto de la criminalidad compleja u organizada, entre ellas que el fiscal disponga de un plazo de tres años para la investigación de delitos complejos; y los agentes encubiertos o agentes reveladores, entre otras.