Empresas de energía renovable: urge una regulación apropiada
Sergio Díez y Rosario Portales Cariola Díez-Pérez Cotapos
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SERGIO DÍEZ Y ROSARIO PORTALES
No es novedad el problema que enfrentan las empresas de energía renovable. Ejemplo fehaciente de ello es que entre septiembre y octubre de 2022 se presentaron dos casos de insolvencia de compañías dedicadas a dicha actividad, y recientemente conocimos el proceso de reorganización judicial iniciado por Mainstream respecto a dos de sus sociedades.
De este modo, podemos ver que empresas del sector se encuentran gravemente afectadas financieramente, lo que se debe, entre otros factores, a la falta de una regulación apropiada, que permite que el atraso en la construcción de líneas de transmisión derive en que la energía se inyecte a precio cero, pero se retire a precios mucho mayores.
Queda de manifiesto, entonces, que las dificultades que atraviesan las compañías se deben principalmente a un problema sistémico más que a su responsabilidad individual, y esto no es un tema menor, ya que puede tener graves consecuencias para Chile, partiendo por la afectación a la industria del hidrógeno verde. Esta situación pone en jaque la apuesta país y los millones de euros que la Comisión Europea acordó aportar para el desarrollo de esta actividad.
“La falta de una regulación apropiada permite que el atraso en la construcción de líneas de transmisión derive en que la energía se inyecte a precio cero, pero se retire a precios mucho mayores”.
En virtud de lo anterior, el Gobierno presentó este mes el “Proyecto de Ley de Transición Energética”, el cual busca hacerse cargo de la sostenibilidad en la institucionalidad del sistema eléctrico; el fortalecimiento del sistema de transmisión para eliminar burocracia en la construcción de estas infraestructuras y resolver los cuellos de botella; poner en marcha un sistema de almacenamiento a gran escala a través de un mecanismo de licitación; y extender las rentas por congestión sistémicas a las generadoras.
Este último punto ayudaría a resolver los problemas financieros, ya que parte de ese menor precio que pagan los clientes finales sería traspasado a las generadoras y permitiría repartir ingresos tarifarios extraordinarios del sistema de transmisión nacional, producidos por la diferencia entre los costos de retiro de energía y el pago de las inyecciones de energía. Es decir, ahora el instrumento contemplado en el Art. 114 bis de la Ley General de Servicios Eléctricos podrá utilizarse en casos de congestión sistémica extraordinaria, reasignándose los ingresos tarifarios a suministradores que presenten balances negativos (en relación con sus costos de inyección y retiro) en los meses en que se detecten estos mayores montos, en comparación con valores históricos y no sólo cuando existan retrasos en la puesta en operación de proyectos de transmisión.
Sin embargo, si bien las medidas propuestas van bien encaminadas, presentan un problema no asumido: la tardanza en la tramitación del proyecto de ley significa que las compañías que ya presentan una situación compleja pueden entrar en insolvencia antes de que las soluciones comiencen a regir. En ese sentido, un proyecto de ley no es suficiente, ya que se requieren medidas en lo inmediato o, de lo contrario, la ley que se apruebe tendrá un mercado disminuido sobre el cual operar.
En conclusión, es necesario y urgente cambiar la regulación aplicable a esta actividad. Hace falta encontrar soluciones financieras para aquellas empresas en situaciones gravosas; que desde el Congreso se esfuercen por tramitar eficazmente el proyecto, y que el Gobierno sea diligente y utilice todos los mecanismos de urgencia con que cuenta, teniendo a la vista que el fin es mantener las inversiones ya existentes en el sector y atraer nuevas, para posicionar a Chile, nuevamente, como líder en uno de los mercados con mejor proyección a futuro.