Corte rechaza recurso de AFP Capital en contra de la DT
El tribunal de alzada argumentó que la gestora no utilizó la vía “idónea”.
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Un duro revés sufrió AFP Capital en torno a las definiciones de los servicios mínimos. La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección que presentó la administradora en contra de la Dirección Nacional del Trabajo (DT) y su director, Christian Melis, el pasado viernes.
El argumento que utilizó el tribunal de alzada para rechazar la admisibilidad de la acción judicial se basó en que la vía usada por la compañía para cambiar la resolución de la DT sobre los equipos de emergencia que se deben mantener en caso de huelga no fue la correcta.
“Se colige que la acción presentada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, pues no es la vía idónea al efecto”, dice la sentencia.
Según abogados conocedores de estos procesos, la AFP tiene la opción de llevar el caso a la Corte Suprema, presentando un recurso de apelación, aunque auguran poco éxito para la gestora, teniendo en cuenta la jurisprudencia al respecto.
El organismo encabezado por Melis, como lo estableció en un documento que emitió el 29 de diciembre de 2017, otorgó 48 ejecutivos para los equipos de emergencia de la administradora, lo que no fue satisfactorio para la gerencia de la compañía.
El escrito del recurso ingresado por AFP Capital señala que la decisión de la Dirección del Trabajo contiene “actuaciones y omisiones ilegales y arbitrarias”. Por ejemplo, considera como “errores” la no calificación como servicio mínimo de la solicitud de pensiones de vejez, de sobrevivencia y pago de cuotas mortuorias.