Laboral & Personas

Entran a escena potenciales jornadas de 4 días y contratos con “pausa”

Empresas que atraviesan situaciones difíciles podrían acordar la suspensión del trabajo para evitar despidos.

Por: | Publicado: Viernes 3 de mayo de 2019 a las 04:00 hrs.
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Entre los cambios propuestos a la jornada laboral, destacan los siguientes:

  • - Jornada semanal de 4 días. Se podría trabajar de lunes a jueves, y descansar viernes, sábado y domingo.
  • - Jornadas semestrales y anuales pactadas: Se acordarán con sindicatos o, si no existe, con la mayoría absoluta de quienes les será aplicable. Por ejemplo, los adultos mayores podrían convenir más trabajo en verano y menos en los meses de invierno.
  • - Bolsa de horas extraordinarias. La idea es que el límite sea la semana o el mes y no el día como es en la actualidad, que permite un máximo de 12 horas a la semana, pudiendo trabajar únicamente 2 de ellas cada día.
  • - Compensar con vacaciones: El trabajador podría optar por compensar algunas horas extraordinarias con más vacaciones.
  • - Anticipar o postergar la recuperación de horas de permiso autorizado. Con el fin de normalizar una práctica común en el uso de permisos para trámites personales (actos y entrevistas en los colegios, consultas médicas y otros) durante la jornada, se ampliará el plazo para compensarlos con goce de remuneración dentro de los 60 días anteriores o posteriores a la fecha en la que se utilizó. Hoy se hace en la misma semana o, de lo contrario, se descuenta de la remuneración.
  • - Disminuir el tiempo de colación para adelantar la salida: Si el tiempo de colación supera al mínimo legal de 30 minutos, el trabajador podrá solicitar al empleador su rebaja en el remanente del tiempo mínimo -hasta en una hora al día- para salir antes.
  • - Adaptar la jornada de trabajo en períodos de vacaciones familiares: Se propone que las partes puedan pactar, durante los períodos de vacaciones familiares, distintas del feriado legal, la prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo a distancia o que se reduzca su jornada laboral diaria.
  • - Suspensión del contrato de trabajo: Si bien hoy las partes pueden suspender el contrato de trabajo, esto no se encuentra regulado en la ley. Con esta propuesta, serán las partes quienes definirán las condiciones. Así se podrá acordar con el empleador poner “pausa” a la relación laboral y, por ejemplo, dedicar un tiempo a otros intereses -viaje, estudios, cuidar un enfermo-, sin que esto signifique la pérdida del empleo.
    Sobre esto, el texto legal que ingresará al Congreso señala que “el trabajador tendrá derecho a prestar servicios a otros empleadores” en el periodo de suspensión, y agrega que “con todo, transcurrido el plazo de suspensión acordado, el trabajador deberá reintegrarse a sus funciones en las mismas condiciones”.
  • - Cambiar domingos: En el país los días domingos y festivos son de descanso. Sin embargo, el artículo 38 del Código del Trabajo establece ciertas excepciones, como, por ejemplo, el comercio y aquellas empresas que requieren de continuidad en sus procesos. En ambos casos se debe otorgar a los trabajadores, a lo menos, dos domingos de descanso al mes. Se propone establecer 12 domingos de descanso de distribución semestral.

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