DT reafirma que sindicatos podrán acceder a información de sueldos de ejecutivos
Ente fiscalizador realizó una interpretación más amplia sobre los requerimientos de remuneraciones en grandes empresas.
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A tres meses que la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) acudiera a la Dirección del Trabajo (DT) para aclarar el dictamen que permitiría a los sindicatos acceder a las remuneraciones de altos ejecutivos de empresas, el organismo respondió la consulta, manteniendo -según los expertos- las dudas en relación al derecho a información por cargos o funciones.
Cabe recordar que la reforma laboral que comenzó a regir el 1 de abril contempla este derecho para que los sindicatos cuenten con información oportuna sobre la situación económica de la empresa al momento de llevar a cabo sus negociaciones colectivas.
La controversia que derivó la reconsideración se generó luego que, a través de un dictamen, el ente fiscalizador realizara una interpretación más amplia sobre los requerimientos de remuneraciones en grandes empresas. Según se detalló en esa oportunidad, el cumplimiento de esta obligación "deberá contemplar todas las remuneraciones correspondientes a trabajadores por cada cargo o función registrada, mientras existan en dicha empresa cinco o más trabajadores en cada cargo o función, siendo esta una denominación que implica un conjunto, un tipo, como por ejemplo, gerentes, subgerentes, subjefes de distintas áreas, vendedores, en general, no debiendo todos los cargos ser idénticos, sino que pertenecer al mismo tipo".
Fue en ese contexto que, en respuesta frente a las dudas del gremio fabril, la DT señaló el viernes que dicha interpretación debe entenderse en relación con aquellos cargos que pertenecen a un tipo o a un conjunto, como lo son los cargos que no son unipersonales sino que pluripersonales. Es decir, que el cargo o función no es ejercido por un solo trabajador sino que por varios trabajadores, los cuales cumplen funciones comunes.
Asimismo, enfatizó que el dictamen emitido en diciembre del año pasado "en nada contraviene o desconoce la protección de la intimidad de los trabajadores, por cuanto para el establecimiento de un cargo o función y la consideración de un trabajador dentro de ese cargo, el empleador deberá considerar a aquellos que poseen características técnicas esenciales comunes, a fin de computar los cinco o más trabajadores requeridos por la norma".
Sin embargo, a juicio de los expertos, el pronunciamiento de la DT sigue dejando la puerta abierta para que se conozcan los sueldos de gerentes y jefaturas mientras existan cinco o más cargos iguales. "Va a depender mucho también de la descripción de cada cargo, porque no es lo mismo ser gerente general que gerente de recursos humanos", explicó un abogado.