Economía colaborativa: opción competitiva
Franco Brzovic Abogado Brzovic & Cia
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Franco Brzovic
Uno de los grandes desafíos que nos impone la modernidad es cómo entender y enfrentar la creación del mundo tecnológico y digital.
Las nuevas formas de negocios, actuaciones profesionales y hasta la vida privada, llevadas a extremos en modelos creados por algoritmos de todo tipo, han producido una disrupción de diferentes ordenes, generando complejidades inesperadas, entre tantos casos, con la creación de las plataformas sin fronteras. En lo económico, particularmente, se ha visto un cambio en el valor y la forma de bienes y servicios.
Las respuestas a todos los cambios son y serán materia de los filósofos, y a nosotros, los seres de a pie, nos queda tratar de entender, al menos por aproximación, la realidad, con el objeto de definir caminos personales, laborales, profesionales o empresariales, evitando así lo que Yuval Noah Harari, autor y pensador israelí, enunció: no pertenecer a una nueva clase que denominó “inútil”.
Convertirnos ahora requiere desde ya definir qué conocimientos o talentos se exigen, métodos de capacitación, o si las leyes laborales son las adecuadas, y en lo empresarial, cómo aprovechar la nueva “economía colaborativa”, entre tantos otros desafíos.
Siendo correctas esas premisas, el camino será fortalecer el emprendimiento en su más amplia acepción, como también disponer de organizaciones o formas de organizarse que permitan actuar libremente. La educación y capacitación ocuparán, naturalmente, la primera línea.
Para avanzar en este análisis se pueden aproximar dos líneas de acción: una, la libertad laboral, esto es, reconocer que el mundo digital y sus derivados necesitan personas libres y muchas veces ajenas a espacios físicos formales, sin trabas anticuadas impuestas por las leyes; y segunda, que la “economía colaborativa”, de reciente creación, además de la tecnología, sea capaz de dar respuestas a través de marcos legales adecuados y de bajo costo, entre ellos el tributario. En lo laboral, el gobierno se ha propuesto entrar en estas materias tomando algunas iniciativas importantes a través de los ministerios de Economía y del Trabajo, focalizadas principalmente al emprendimiento. En cuanto al marco legal y asociativo, la respuesta se encuentra en el derecho comercial y civil chileno que, sin inconvenientes, pueden albergar estas nuevas realidades. Así, las personas naturales podrán actuar como empresas, optar por diversos tipos societarios, cambiarlos, reorganizarse, y muchas formas razonablemente amigables.
Queda entonces resolver sobre la competencia en el mercado, que, entre otras formas, obligará a optimizar la colaboración empresarial y la carga impositiva.
De las tantas reformas tributarias que el país ha experimentado, el resultado final ha sido una mayor carga de impuestos, menos libertad y más complejidad. Las medidas antielusivas, amenazas que en la nueva reforma se tratan de clarificar, podrán abordarse tranquilamente con lo que tantos han criticado en el pasado: las cooperativas. Efectivamente, estas entidades —que desde ya se encuadran perfectamente en el concepto de economía colaborativa—, y cumpliéndose las formas que entrega la ley, como el caso de proveedores a dichas entidades de productos o servicios, en su calidad de socios verán disminuida sustancialmente su carga tributaria. Las exenciones de los impuestos a la renta, en casos del IVA, hasta parcialmente la patente comercial, permitirán rebajar sustancialmente la carga tributaria, lo cual les dará una ventaja competitiva.
Al final no se necesita mucha imaginación, sólo algo de estudio y la voluntad de trabajar asociados.