Donación de órganos: incentivar o forzar
Fernando Barros Tocornal Abogado, Consejero de Sofofa
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Fernando Barros
Se discute otra reforma legal al sensible tema de la donación de órganos, lo que enfrenta el respeto a la dignidad humana y el derecho a disponer de su cuerpo después de la muerte, con la angustia de miles de pacientes que esperan recibir un órgano que les permitiría vivir o mejorar su calidad de vida.
Antes, la ley contemplaba que eran donantes sólo las personas que hubieren manifestado formalmente su voluntad en tal sentido, decisión que podía ser revertida en vida o por los familiares a la muerte. Dado los pobres resultados, se ha modificado el régimen de la donación de órganos, argumentando que requisitos como concurrir a una notaría atentaban contra el adecuado funcionamiento del sistema, pasando a un régimen en el que se presume legalmente que somos todos donantes, salvo que manifestemos la voluntad de no serlo mediante una declaración en tal sentido. Ello podía ser al renovar la cédula de identidad o licencia de conducir o declaración ante notario.
Las donaciones y trasplantes han caído dramáticamente y las innovaciones legales, lejos de favorecer el sistema, han llevado a esa disminución en razón de, se dice, una rebeldía ante la disposición por el Estado de los órganos de los ciudadanos muertos y una cierta desconfianza, probablemente por desconocimiento, sobre la trasparencia y beneficiados del funcionamiento del sistema. Como ocurre cuando la ley impone conductas que deben ser siempre voluntarias y se colocan trabas para ejercer derechos, más de cuatro millones de chilenos han manifestado su decisión de no ser donantes en declaración conforme al procedimiento de la ley.
Y dada la dramática realidad del descenso de donantes, a pesar de existir evidencia de que los chilenos vemos con buenos ojos el bien que podemos hacer con la donación de nuestros órganos, el legislador en vez de buscar estimular y facilitar los procesos voluntarios, decide nuevas imposiciones legales acercándonos peligrosamente a un régimen de socialización o expropiación de los cuerpos.
Así, bajo argumentaciones de dudosa lógica, se prescinde del respeto de la visión de cada persona sobre su dignidad corpórea y en vez de crear estímulos que lleven a revertir voluntariamente la decisión de no ser donante, se considera por los legisladores, infundada e irrespetuosamente, que esa intención o negativa no fue razonada. Así, en un abuso con título de ley, se revoca la expresión de la voluntad íntima del individuo y se la deja sin efecto si dentro de un plazo de seis meses, o el que se fije, no concurre a una notaría o Registro Civil, a su costo, y confirma lo que ya declaró legal y formalmente.
La discusión no ha sido sobre los derechos fundamentales de las personas y si es lícito revocar la decisión válida de cuatro millones de ciudadanos, sino que apostar a que, al no enterarse siquiera de esta nueva exigencia o no tener ni el tiempo o recursos para concurrir a efectuar el trámite ya hecho, habría millones de nuevos donantes. Al contrario, sin pudor, se analiza cómo evitar facilitar esta ratificación de la calidad de no donante, oponiéndose a que lo sea mediante una declaración al renovar la licencia o cédula de identidad.
Las ONG deben entender que los sucesivos cambios legales han desincentivado a los chilenos a donar sus órganos a su muerte y asumir que esta nueva iniciativa alejará más aun a las personas y a las familias de entender la donación de órganos como un acto de amor que regala esperanza de vida a quienes sufren.