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Asfixiantes normativas

FERNANDO BARROS TOCORNAL Abogado. Consejero de SOFOFA

Por: FERNANDO BARROS TOCORNAL | Publicado: Viernes 9 de diciembre de 2022 a las 04:00 hrs.
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FERNANDO BARROS TOCORNAL

En momentos de temor por la crisis económica que ya golpea a nuestro país, la comunidad empresarial ve con inquietud la proliferación de iniciativas que establecen cargas sobre las empresas: la reducción de la jornada de trabajo manteniendo las remuneraciones; el aporte previsional de 6% de las remuneraciones de sus trabajadores de cargo del empleador; la responsabilidad extendida del productor; la complejidad creciente de las a veces desproporcionadas regulaciones sobre medio ambiente; y múltiples y agobiantes obligaciones asociadas a la responsabilidad penal de la empresa, el lavado de activos, etc.

Se suma a ello la Comisión de Mercado Financiero (CMF), que con la Norma de Carácter General NCG 461, obliga a las entidades sujetas a su fiscalización a destinar la memoria anual -vía de información de la administración a sus accionistas sobre el quehacer de la empresa en el ejercicio que termina- a reportar sobre más de 150 estándares y métricas relativos a temáticas ambientales, sociales y de gobernanza (ESG en inglés), que no están en la ley chilena y que provienen de borradores en desarrollo de ONG nacidas en economías ricas, la mayoría ni siquiera disponibles en idioma español, y que son esencialmente preliminares.

“La CMF, con la Norma de Carácter General NCG 461, obliga a las empresas a reportar sobre más de 150 estándares y métricas relativos a temáticas ambientales, sociales y de gobernanza que no están en la ley chilena y provienen de borradores en desarrollo de ONG en economías ricas”.

Se impone otra alta carga a la empresa chilena, a costa de su competitividad e intereses de sus accionistas, para poder mostrar que Chile tiene altos estándares en materia de derechos humanos, medioambiente y cambio climático, políticas sobre co-responsabilidad parental, complejas estadísticas sobre diferencias salariales y de posiciones ejecutivas y directivas por sexo, discapacidades, nacionalidades, etc.

En 2023, unas 70 empresas presentarán su reporte de sustentabilidad según la normativa del regulador, para lo cual han destinado relevantes recursos humanos y económicos, equipos internos, y también externos contratados al efecto, que han debido dejar sus responsabilidades principales para reportar las métricas que entidades extranjeras, ajenas al esfuerzo que supone la creación de puestos de trabajo y riqueza para los países que representa la actividad empresarial, han recomendado imponer y que la CMF acogió, a pesar del tamaño y características de nuestra economía y su irrelevancia ambiental.

No hay evidencia para sostener que al satisfacer los criterios ESG se asegurará la viabilidad de las empresas a futuro, pero sí se puede señalar que ajustar la acción y políticas de las empresas para que los reportes satisfagan las sofisticadas exigencias impuestas, significará para las sociedades obligadas por la NCG 461 quedar en desventaja frente a su competencia local y externa, haciendo más inconveniente el permanecer sujeto a la normativa de las sociedades abiertas en un decaído mercado de capitales.

A diferencia de la obligación de información conforme a parámetros profesionales objetivos financieros y contables, la nueva obligación de reporte lleva a las empresas a un área subjetiva en la que hay posiciones muy extremas, y genera riesgos de litigios por la apreciación que pudo haber tenido e informado sobre sus estándares ambientales, de derechos humanos o la forma en que sus estrategias corporativas satisfacen las exigencias sociales de su entorno.

La autoridad está a tiempo de revisar la aplicación de esta normativa a empresas medianas y chicas, cuya preocupación principal es llegar a fin de mes y cumplir sus obligaciones con trabajadores, proveedores y clientes, y no dejarlas sujetas a las mismas obligaciones que los grandes conglomerados.

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