Seguros

CMF prohíbe la comercialización de pólizas de seguros destinadas a cubrir riesgos de fraudes en tarjetas y transferencias

El regulador informó que, a la fecha, se han terminado contratos o se han disminuido el valor de los seguros de más 3,7 millones de personas.

Por: Daniel Vizcarra G. | Publicado: Viernes 21 de agosto de 2020 a las 15:48 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó la tarde de este viernes que su Consejo resolvió prohibir la comercialización de 39 pólizas de seguros destinadas a otorgar a los clientes la cobertura ante riesgos de fraudes por mal uso de tarjetas de crédito o débito y transferencias electrónicas.

La nueva ley de fraudes, la que está vigente desde mayo de este año, establece que las instituciones financieras estarán impedidas de ofrecer la contratación de seguros para cubrir el mal uso de tarjetas en casos de robo, hurto o extravío, o por fraudes en transacciones electrónicas. Estas coberturas deberán ser asumidas ahora por las propias entidades financieras.

La Resolución 3.715 de la CMF indica que a contar de hoy se prohíbe la comercialización de las pólizas de seguros "que ofrecen a los clientes la posibilidad de contratar coberturas por riesgos que, de acuerdo a la Ley N° 21.234, deben ser asumidos por el emisor o prestador del servicio financiero de pagos electrónicos". Esto significa que las compañías no podrán utilizar esos modelos de pólizas.

Respecto de los seguros comercializados con anterioridad a la vigencia del nuevo marco legal, según disponen las normas del Código de Comercio se han extinguido o disminuido los riesgos cubiertos por los mismos.

Ello ha implicado la terminación de las pólizas -en caso que sólo consideraran las coberturas que hoy corresponden al emisor-, o la rebaja de la prima cobrada, en aquellos casos en que la póliza incluía también otros riesgos distintos de aquellos que la Ley radica en el emisor. Por ejemplo, casos de robo a la salida de cajeros automáticos o el mal uso de cheques.

A la fecha se han terminado contratos o se han disminuido el valor de los seguros de más 3,7 millones de personas.

Obligaciones de las entidades financieras

La CMF ha instruido a emisores, corredores y compañías de seguros a informar claramente a los asegurados, a través de comunicación personalizada, acerca de esta situación y también del derecho que tienen a terminar dichos contratos si así lo estiman conveniente.

La Comisión se encuentra fiscalizando el cumplimiento de la normativa por parte de las compañías de seguros e intermediarios, especialmente en la información entregada a los clientes.
Con todo, se estima importante hacer presente respecto de los seguros que se mantienen vigentes, la relevancia que cada asegurado revise las coberturas que mantiene y evalúe si requiere mantener o terminar el seguro, atendidas las coberturas y el precio asociado, para lo cual podrá requerir la asesoría del corredor que intermedió el seguro.

Lo más leído