Telecom/Tecnología

Pugna por 5G: Claro y Entel presentan recurso de protección contra Subtel

La medida persigue obtener la protección "urgente" de los derechos y garantías constitucionales de la operadora en la banda que fue "congelada" recientemente por la autoridad.

Por: Paula Vargas | Publicado: Martes 17 de julio de 2018 a las 10:02 hrs.
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En pie de guerra están las operadoras de telecomunicaciones del país, luego de que la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) emitiera una resolución con el objeto de suspender o congelar las concesiones actuales en la banda de 3,5 Ghz para realizar pruebas y eventualmente desarrollar la tecnología 5G.

Entre las empresas que tienen dicha concesión está Claro Chile, que hoy abrió los fuegos e interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones en contra de la titular de la Subtel, Pamela Gidi para evitar que continúe adelante con la medida, por considerarla arbitraria e ilegal, ya que a su juicio "perturba y amenaza gravemente los derechos y garantías constitucionales de Claro". Minutos más tarde fueron los abogados de Entel, Cristóbal Eyzaguirre y José Miguel Huerta quienes presentaron a nombre de la firma de telecomunicaciones local un recurso judicial similar también con el objeto de frenar la resolución de Gidi.

"La acción deducida persigue obtener la protección urgente de los derechos y garantías constitucionales de Claro frente a las graves infracciones cometidas por la Subtel al emitir la resolución N° 1.289 (con la cual congela la banda 3.5 Ghz)", consigna la presentación de la firma controlada por el empresario Carlos Slim.

Siete son los puntos que justifican el recurso de Claro, representada en este juicio por los abogados Julio Pellegrini, Francisco Blavi y Pedro Rencoret de Pellegrini & Cia.:

1. "La Resolución Exenta fue dictara por un órgano que no es competente para modificar o alterar las concesiones de telecomunicaciones".

2. "La Resolución Exenta (RE) fue dictada sin que se hubiese seguido el procedimiento que establece la ley . En efecto, la recurrida ordenó la suspención indefinida de los servicios, omitiendo derechamente el procedimiento de cargos que debió haber aplicado si estimaba que existía alguna infracción en el uso de la concesión por parte de Claro".

3. "La RE pretende alterar elementos esenciales de las concesiones otorgadas a Claro a través de un instrumento jurídico inadecuado y absolutamente improcendente (resolución)...en circunstancias que el único instrumento  válido para establecer las condiciones de acceso, operación y exploración de una concesión es un Decreto Supremo, que además debe hbaer pasado por el proceso de toma de razón ante la Contraloría".

4. "La RE es ilegal y arbitraria porque impuso una sanción que no está establecida e la ley".

5. "La RE también es ilegal y arbitraria por carecer de fundamentos jurídicos y fácticos, y por ser absolutamente insuficiente en cuanto a motivaciones".

6. "la RE infringió gravemente el principio de razonabilidad y de proporcionalidad consagrado en la Constitución, pues las medidas que impuso la Subsecretaria son innecesarias y completamente desmedidas para la finalidad de "estudio" que ha tenido en vista.

7. "La RE priva, perturba y/o amenaza importantes derechos y garantías fundamentales que la Constitución asegura".

Ver la presentación de Claro aquí.

 

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