Qatar pide tiempo a Juez de Latam para abordar acusación de “operaciones fraudulentas” que hicieron acreedores
El Comité de Acreedores de la firma chilena planteó dudas sobre el término de unos contratos por aviones con la catarí y con Delta, previo al inicio de reorganización en EEUU.
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El Comité de Acreedores No Garantizados (UCC, su sigla en inglés) de Latam Airlines pidió este miércoles, a través de dos documentos ingresados ante el Tribunal de Quiebras del Distrito Sur de Nueva York, donde se tramita la reorganización financiera de la chilena, que se revisen posibles "transferencias fraudulentas" que se dieron con sus socios Delta Air Lines y Qatar Airways, antes de sumarse al Capítulo 11.
Según los textos, la compañía -poco antes de iniciar su reorganización en Estados Unidos- rescindió los contratos de arriendos o compras de aeronaves A350 con las aerolíneas, aliviando a sus accionistas de su responsabilidad de pagar por lo acordado.
En el caso de la firma catarí se trataría del arriendo de cinco aviones del fabricante europeo, mientras que en el caso de la estadounidense, sería por la compra de cuatro. Estos últimos se refieren a las unidades que Delta compró como parte de su entrada en la sociedad con Latam y que el 26 de mayo de 2020 anunció haber dado marcha atrás.
"Llegó la pandemia y el valor de los aviones bajó. Delta, que entonces era el segundo mayor accionista de Latam, deseaba evadir sus obligaciones de pagar por los aviones que valían menos que el precio acordado en el contrato, así que le pidió a Latam dar término a dicho acuerdo", detalló el comité.
Ello fue aceptado por Latam y Delta le pagó alrededor de US$ 62 millones como compensación; suma que, dicen conocedores del proceso, tendría que devolverse si prospera la demanda del UCC y se reactivan los acuerdos.
"El timing de la transferencia -'a solo horas' de someterse al Capítulo 11- fue sospechoso e inadecuado", apuntó el grupo.
Por ello, ahora, los acreedores optaron por solicitar -en nombre de Latam- "que el Tribunal otorgue permiso, legitimación y autoridad al Comité para enjuiciar y, si corresponde, resolver (sujeto a la aprobación del Tribunal), las reclamaciones presentadas" contra ambas empresas.
Esta acción debió ser realizada por la aerolínea chilena, pero ésta se habría negado ante la petición de los acreedores.
Calendario "injusto"
Los cuestionamientos deberían ser revisados por el Juez James L. Garrity en una audiencia a realizarse el 30 de junio; sin embargo, ayer Qatar solicitó "una conferencia telefónica con Su Señoría para discutir la programación de las mociones lo antes posible".
La firma catarí consideró innecesario abordar estas denuncias con un "calendario tan acelerado".
"El Comité aparentemente ha estado contemplando las mociones desde al menos el verano (boreal) pasado, y realizando descubrimientos informales y discusiones con los Deudores durante meses (...); exigir que Delta y Qatar respondan a las mociones en un calendario tan atenuado es injusto, completamente innecesario y socavará la capacidad de las partes para informar y argumentar de manera eficiente las cuestiones clave presentadas por las mociones", apuntó.
Para Latam, en tanto, la "revisión de dos transacciones presentada por el grupo de acreedores organizados bajo la figura de UCC forma parte de un procedimiento rutinario bajo del Capítulo 11, equivalentes al concepto de Acciones Revocatorias Concursales, en el que el juez puede revisar las transacciones efectuadas antes de acogerse al proceso de reorganización voluntaria".
Es algo normal -aseguraron- y la decisión de revertir los contratos respondería a la necesidad de garantizar liquidez ad portas del inicio de la reestructuración.
Conocedores del proceso aseguraron a DF que si el Comité decidió tomar este curso de acción, es porque los montos, que están en reserva -y que dejó de percibir Latam por estos contratos-, deben ser importantes.