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Los seis ajustes tributarios con los que Hacienda busca destrabar el financiamiento de la PGU

Incluyen mayores impuestos para patentes mineras, bienes raíces caros y medios de transporte lujosos.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Martes 18 de enero de 2022 a las 11:26 hrs.
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Foto: Julio Castro
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Finalmente y tras largas jornadas de negociación, el Ministerio de Hacienda presentó ayer un set de seis modificaciones tributarias para financiar la creación de una Pensión Garantizada Universal (PGU), la cual tendrá un costo de 0,9% del Producto Interno Bruto (PIB) en régimen.

Según explicó el ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, los ajustes buscan recaudar el equivalente a 0,67 puntos del Producto y contemplan cambios a la tributación de las patentes mineras, la sobretasa a los bienes raíces de alto valor, un nuevo gravamen a los vehículos de alto valor y términos de beneficios para los retiros de excedentes de libre disposición, entre otros.

Estas medidas son complementarias a las ya presentadas, como el IVA a los servicios y el impuesto a las operaciones bursátiles (ver tabla).

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Patentes mineras

Por el lado de las patentes mineras, se puso sobre la mesa cambios en la tributación y duración de los dos tipos que existen: exploración y explotación.

Así, por una parte se apunta a aumentar el plazo de duración de la patente de exploración de dos a cuatro años, pero eliminando la posibilidad de renovación por dos años que contempla hoy la legislación. A su vez, se aumentaría el monto de la patente de 1/50 UTM por hectárea a 3/50 UTM por hectárea.

Respecto a la patente de explotación, se mantiene la duración indefinida. El valor de las patentes ya otorgadas se mantiene solo para aquellas que demuestren trabajo, pero se aumenta el valor de la patente no metálica al nivel de la metálica (desde 1/30 UTM a 1/10 UTM).

Con respecto a los valores de las patentes de explotación, se crea una escala progresiva de acuerdo con el transcurso de los años para concesiones que no demuestren trabajos, partiendo en 4/10 UTM por hectárea para los primeros cinco años, a hasta 12 UTM por hectárea para las patentes desde el año 31.

De implementarse el sistema de patentes progresivas, este podría aumentar la recaudación de US$ 60 millones a hasta US$ 430 millones, de los cuales US$ 300 millones pasarían a ser recaudación del Gobierno Central y la otra parte beneficiará al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) y a las municipalidades.

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Bienes raíces caros

La Ley de Modernización Tributaria incorporó una sobretasa del impuesto territorial que aplica a los contribuyentes que tengan propiedades cuyos avalúos fiscales, en total, excedan las 670 UTA (cerca de $ 400 millones), la que se aplica por tramos desde 0,075% a hasta 0,275%.

Hacienda propuso aumentar la tasa para las propiedades que tengan un avalúo fiscal superior a los $ 900 millones, pasando de la tasa actual de 0,275% a 0,425%.

Dicho ajuste afectaría a 18 mil contribuyentes y comenzaría a regir el primero de enero del 2023. Esta modificación permitiría recaudar US$ 126 millones.

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Beneficios para empresas

Hacienda también propuso terminar con la exención a los bienes físicos del activo inmovilizado, los que principalmente benefician al sector corporativo.

Hoy, la ley establece un crédito contra el Impuesto de Primera Categoría entre 6% y 4% del valor de los activos fijos adquiridos nuevos o terminados de construir durante el ejercicio.

Dicho beneficio asciende al 4% para las empresas con una facturación anual superior a 100.000 UF, mientras que el monto total del crédito no puede superar las 500 UTM.

Hacienda propuso terminar con dicho crédito a partir del primero de enero del 2023 para las sociedades con ventas anuales promedio sobre 100.000 UF, lo que permitirá recaudar US$ 16 millones.

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Excedentes de libre disposición

Hoy, dichos recursos -que es el saldo de dinero que queda en la AFP luego de hacer efectiva la pensión- se pueden retirar libres de impuestos por un monto de una sola vez de hasta 800 UTM, o retirar hasta 200 UTM por año con un tope máximo de 1.200 UTM. Lo que exceda de 800 ó 1.200 UTM queda gravado con el Impuesto Global Complementario, que dependiendo del tramo de renta puede llegar a una tasa de 40%.

Este beneficio tributario (de 800 o 1.200 UTM) se puede utilizar una sola vez. O sea, una vez que se alcance alguno de los topes, ya no puede utilizarse nuevamente.

Hacienda planteó eliminar esta exención, por lo que los retiros de excedentes de libre disposición pasarán a ser gravados según tramos del Global Complementario. Con esto se busca una mayor recaudación de US$ 24 millones.

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Vehículos de lujo

Hacienda puso sobre la mesa un impuesto anual de 2% sobre el avalúo fiscal -que se paga de manera adicional al pago de permisos de circulación o equivalente- para vehículos de lujo, tales como helicópteros de uso privado, aviones de uso privado, yates y automóviles con valor de tasación mayor a $ 40 millones.

No se afectarán con el impuesto los bienes de propiedad de una empresa que desarrolle actividades productiva.

El impuesto se devenga anualmente al 1 de enero, considerando los bienes de propiedad del contribuyente al 31 de diciembre del año anterior, y se pagará durante abril. La mayor recaudación de este nuevo impuesto alcanzaría los US$ 148 millones.

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Leasing

Según Hacienda, el tratamiento tributario del leasing financiero difiere de su tratamiento financiero, ya que financieramente se reconoce la existencia de un financiamiento para la adquisición de un activo.

Pero, desde un punto de vista tributario se trata como un arrendamiento con opción de compra.

Esto implica que financieramente el adquirente del bien se hace dueño de este y aplica normas de depreciación, pero tributariamente se considera como un arrendatario que deduce de la base imponible como un gasto las rentas de arrendamiento.

"Lo anterior genera distorsiones y planificaciones tributarias para aprovechar el gasto tributario representado por el pago de rentas de arrendamiento", advierte la cartera.

Así, se sugirió terminar con esta "divergencia" y que el tratamiento tributario del leasing sea equivalente a su tratamiento financiero.

Esta modificación generaría ingresos por 0,1% del PIB y comenzaría a regir para los contratos firmados a partir del primero de enero del próximo año.

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