Expertos laborales plantean posturas sobre cómo se debe normar
Hay dos líneas: quienes defienden que los colaboradores deben ceñirse estrictamente al Código del Trabajo y los que buscan una categoría más flexible.
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Un intenso debate se viene por delante en material laboral en el Congreso, con relación a la situación de los colaboradores ligados a plataformas. Y es que aunque existe un amplio consenso entre los parlamentarios y expertos en considerar a estas personas como sujetos de garantías mínimas, en un nivel más técnico hay divergencia en cómo aplicar las normativas vigentes a su situación.
El ex Director del Trabajo (DT), Marcelo Albornoz, explicó que el fallo en Reino Unido planteará la duda sobre cómo funcionará Uber en el resto del mundo, ya que se trata de una operación que funciona igual en todos los países. “La decisión en este territorio vendrá a apalancar la discusión en Chile. Asimismo, es recomendable que tengamos una legislación especial, más que una aplicación genérica que genere incertidumbre. Es mejor buscar una medida intermedia con un contrato que reconozca ciertas flexibilidades mayores a un trabajador normal”.
Según el experto, al tratarse de un rubro en que las personas tienen diversos niveles de afiliación a la empresa (trabajadores permanentes, esporádicos, de media jornada), no pueden aplicarse las mismas reglas de aquellos que cumplen con una jornada completa como en el resto de las industrias.
Sobre este punto, la ex Jefa Departamento de Relaciones Laborales de la DT, Wendoling Silva, pone énfasis en que el tipo de jornada será el gran debate para zanjar del Congreso, donde se debe reumenerar sobre el tiempo que está disponible en la plataforma.
“Hay que distinguir a los trabajadores de aplicaciones cómo es su jornada, porque se trata de un tipo de trabajo muy extenso, que va desde los choferes de Uber hasta las plataformas de reparto, pero hay que considerar también a quienes están en AirbnB”, expresó Silva.
Desde la bancada opuesta, Pablo Zenteno, experto de Fundación Fiel, ligada a la Central Unitaria de Trabajadores de Chile (CUT), defiende la idea de clasificar a este tipo de trabajador como completamente dependiente bajo el régimen que establece la ley local. “No hay impedimento para que los repartidores y choferes sean incorporados en la normativa chilena. Nosotros no estamos de acuerdo en crear una tercera figura entre los independiente y el subordinado del Código del Trabajo. Por eso estamos de acuerdo con la moción de Giorgio Jackson que los involucra en el marco legal vigente”, sostuvo el experto.