Involucrados en denuncia de disminución de pérdidas en Banco Penta arriesgarían cárcel
Abogados dijeron que esta eventual adulteración de los estados financieros habría impedido adecuada fiscalización.
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Hasta ahora, el caso Penta había afectado al banco del grupo por el riesgo reputacional provocado por el escándalo económico y judicial en que se han visto envueltos sus controladores, Carlos Eugenio Lavín y Carlos Alberto Délano.
Pero nuevos antecedentes que surgieron de las carpetas de la investigación revelaron que se habrían cometido irregularidades al interior de la entidad financiera.
Hugo Bravo declaró que "respecto del Banco Penta, que partió en 2004, tenía presupuestado que iba a perder cierto dinero al principio, pero la realidad es que perdió mucho más. Desde 2006 a 2010 para paliar esas pérdidas se le han traspasado unos $ 5.000 millones mediante facturas de la corredora de bolsa por aproximadamente $ 1.000 millones anuales, mediante facturas exentas de IVA", se indica.
A través de este sistema "se daba una visión de que las pérdidas no eran tan grandes. De esta manera, se disminuía la renta líquida imponible de las empresas Penta y se disminuían las pérdidas del banco consolidado. Las facturas daban cuenta de servicios inexistentes, decían algo así como asesoría en inversión", cita el documento.
"Esta decisión la proponía Marco Comparini y las aceptaba Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín", sostuvo Bravo en su declaración.
Un abogado del sector explicó que si se confirman estas acusaciones, este hecho sería de extrema gravedad.
Esto, ya que desde el banco se habría entregado información falsa al mercado respecto de sus estados financieros, con el objetivo de mostrar un mayor nivel solvencia del que realmente tenía la entidad.
A su vez, si esto fue así, dificultó que la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) hiciera una adecuada fiscalización, ya que no contaba con la información correcta para calificar al banco. Por ejemplo, si la SBIF hubiese detectado un débil nivel de solvencia podría haberle restringido a la compañía que realizara algunas operaciones, como la entrega de créditos, entre otras.
Ante este escenario, el abogado indicó que quienes resulten involucrados de los hechos que se acusan podrían arriesgar pena de cárcel.
El artículo 158 de la Ley General de Bancos establece que "los accionistas fundadores, directores, gerentes, funcionarios, empleados o auditores externos de una institución sometida a la fiscalización de la Superintendencia que alteren o desfiguren datos o antecedentes en los balances, libros, estados, cuentas, correspondencia u otro documento cualquiera o que oculten o destruyan estos elementos, con el fin de dificultar, desviar o eludir la fiscalización que corresponde ejercitar a la Superintendencia de acuerdo con la ley, incurrirán en la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo".
Esto implica entre 541 días hasta cinco años de cárcel.