Economía y Política
¿qué plantea la Ley 20.212?
Por: | Publicado: Jueves 4 de agosto de 2011 a las 05:00 hrs.
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La Ley 20.212 fue publicada el 29 de agosto de 2007 en el Diario Oficial, bajo el mandato de la ex presidenta Michelle Bachelet y su tramitación estuvo a cargo de Andrés Velasco, ex ministro de Hacienda.
La ley concede beneficios a los funcionarios públicos, en particular, un bono que incentiva el retiro del personal que estaba en condiciones de jubilar. Esta ley tenía vigencia hasta el 31 de julio de 2011 y en ella se consagraba una serie de beneficios sociales acordados entre el gobierno y la ANEF, donde establecía un plan especial de retiro para los funcionarios en edad de jubilar. El beneficio era una bono de 311 UTM ($ 10.177.164, a valores de agosto de 2007) para el estamento auxiliar y administrativo; de 404 UTM ($ 13.220.496) para el estamento técnico, y de 622 UTM ($ 20.354.438) para los profesionales, directivos y fiscalizadores. Además, otorgaba, por una sola vez, un bono no imponible de $ 125.000 para quienes percibieran una remuneración líquida igual o inferior a $ 600 mil mensuales, y de $ 100 mil para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de $ 1.900.000.
La ley concede beneficios a los funcionarios públicos, en particular, un bono que incentiva el retiro del personal que estaba en condiciones de jubilar. Esta ley tenía vigencia hasta el 31 de julio de 2011 y en ella se consagraba una serie de beneficios sociales acordados entre el gobierno y la ANEF, donde establecía un plan especial de retiro para los funcionarios en edad de jubilar. El beneficio era una bono de 311 UTM ($ 10.177.164, a valores de agosto de 2007) para el estamento auxiliar y administrativo; de 404 UTM ($ 13.220.496) para el estamento técnico, y de 622 UTM ($ 20.354.438) para los profesionales, directivos y fiscalizadores. Además, otorgaba, por una sola vez, un bono no imponible de $ 125.000 para quienes percibieran una remuneración líquida igual o inferior a $ 600 mil mensuales, y de $ 100 mil para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de $ 1.900.000.