Multas de más de $36 millones se arriesgan por delitos de piratería
Así lo determinaron los senadores en el marco de la tramitación del proyecto que modifica la Ley sobre Propiedad Intelectual.
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Las Comisiones Unidas de Economía y Educación del Senado despacharon
a segundo trámite constitucional las normas relativas a la tipificación de los delitos de piratería, de
asociación para delinquir y sus respectivas sanciones, en el marco del proyecto
que modifica la Ley de Propiedad Intelectual.
Así lo informaron los senadores Andrés Chadwick (UDI) y Juan
Pablo Letelier (PS), integrantes de la instancia especializada quienes
valoraron el nivel de avance logrado en torno a establecer nuevas conductas
delictivas y aumentar las penas privativas de libertad y pecuniarias.
En esa línea, Chadwick explicó que
"se trata de equilibrar la adecuada protección al derecho de autor y dejar
establecidas ciertas excepciones; como por ejemplo, que las bibliotecas puedan
fotocopiar obras sin autorización del autor y sin pago de derechos, en ciertos
casos".
Las comisiones acordaron incluir una escala de multas que
pueden llegar hasta las 1.000 UTM (unos $36 millones) y penas de presidio menor
de hasta 5 años de cárcel, dependiendo de la cuantía del perjuicio ocasionado.
En lo fundamental, el proyecto establece que comete delito
contra la propiedad intelectual el que, sin estar expresamente facultado,
utilice obras de dominio ajeno protegidas por esta ley, inéditas o publicadas, en
cualquiera de las formas o por cualquier medio.
También atenta quien utilice las interpretaciones,
producciones y emisiones protegidas de los titulares de los derechos conexos,
sin estar autorizado. El que falsifique o adultere una planilla de ejecución o
quien cobre derechos u otorgue licencias respecto de obras o de
interpretaciones o ejecuciones o fonogramas que estén protegidos.