Diputados aprobaron ley de igualdad de remuneraciones
El proyecto ahora será remitido al Gobierno para su promulgación como ley.
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La Cámara de Diputados aprobó por 90 votos los cambios introducidos por el Senado a la moción de diputados que establece expresamente el derecho a la igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo, no siendo consideradas arbitrarias las diferencias objetivas en las remuneraciones. El texto quedó en condiciones de ser remitido al Gobierno para su promulgación como ley.
El proyecto de ley fue presentado por los diputados
Alejandra Sepúlveda, Pedro Araya, Gabriel Ascencio, Eduardo Díaz, Jaime
Mulet, Sergio Ojeda, Carlos Olivares, Jorge Sabag, Mario Venegas y
Patricio Walker.
La iniciativa legal modifica el Código del Trabajo para señalar que "el
empleador deberá dar cumplimiento al principio de igualdad de
remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo, no
siendo consideradas arbitrarias las diferencias objetivas en las
remuneraciones que se funden, entre otras razones, en las capacidades,
calificaciones, idoneidad, responsabilidad o productividad".
Añade que las denuncias que se realicen sobre este tema se sustanciarán
una vez que se encuentre concluido el procedimiento de reclamación
previsto para estos efectos en el reglamento interno de la empresa.
El Senado señaló la exigencia, en el caso de empresas de doscientos trabajadores
o más, de tener un registro que consigne los diversos cargos o
funciones de la empresa y sus características técnicas esenciales.
Asimismo, respecto de los reclamos y respuestas, especificó que "deberán constar por escrito y estar debidamente fundados. La respuesta
del empleador deberá ser entregada dentro de un plazo no mayor a 30
días de efectuado el reclamo por parte del trabajador".
La iniciativa original señala que "los empleadores que no presenten
diferencias arbitrarias de remuneraciones entre trabajadores que
desempeñen cargos y responsabilidades similares, podrán solicitar la
rebaja del 10% de las multas adicionalmente a lo que se resuelva por
aplicación de los incisos precedentes, en tanto las multas cursadas no
se funden en prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales".
Trabajadores a contrata
El proyecto de ley también alcanza a trabajadores a contrata, señalándose
expresamente que "la asignación a un grado
será de acuerdo con la importancia de la función que se desempeñe y con
la capacidad, calificación e idoneidad personal de quien sirva dicho
cargo y, en consecuencia, les corresponderá el sueldo y demás
remuneraciones de ese grado, excluyendo toda discriminación que pueda
alterar el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres".