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Columnistas

Los cuatro órganos

Jósé Miguel Aldunate Director de Estudios del Observatorio Judicial

Por: Equipo DF

Publicado: Miércoles 2 de agosto de 2023 a las 04:00 hrs.

“¿Qué te parece esto de los cuatro órganos?” —me preguntó uno de los miembros del Consejo Constitucional, con cara de consternado. Se refería a la propuesta del anteproyecto constitucional que crea cuatro órganos a cargo del gobierno judicial: nombramientos, disciplina, administración y formación.

El asunto es contraintuitivo. ¿Por qué cuatro y no solamente uno? Más gasto, más burocracia, más conflictos institucionales… ¿y todo para solucionar qué? ¿No funciona bien el Poder Judicial?

“¿Acaso no funciona bien el Poder Judicial? Pues no, no funciona bien. Otra cosa es que la opinión pública no se entere”.

Pues no, el Poder Judicial no funciona bien. Otra cosa es que la opinión pública no se entere. La concentración de funciones no jurisdiccionales en las cortes genera un montón de problemas, incluyendo la cantidad de tiempo que los ministros dedican a decidir sobre calificaciones o remociones, en vez de dedicarse a su verdadero trabajo: conocer y fallar las causas.

Pero esto es lo de menos. ¿Recuerda el lector el desastre de Rancagua? No el de los libros de historia, sino el escándalo de tráfico de influencias en su Corte de Apelaciones, que incluyó episodios de magia negra. Es la punta del iceberg. Todos los días, los jueces peregrinan frente a sus superiores jerárquicos para que los pongan en la nómina para los nombramientos. Los jueces le dicen “el besamanos”. Bonito.

Otros países han desconcentrado la función no jurisdiccional en un órgano separado llamado Consejo de la Magistratura. ¿Cuál es el problema de estos órganos? Que se politizan. Es caer de la sartén al fuego. En Argentina, los diarios informan sobre las luchas entre el peronismo y el macrismo para hacerse del control del Consejo de la Magistratura como si fuera la cosa más normal del mundo. Y en Perú, uno de los coletazos del caso Odebrecht tuvo al Consejo de la Magistratura como uno de sus protagonistas.

¿Qué hacer entonces? El Comité de Expertos para la nueva Constitución propuso separar las funciones no jurisdiccionales, pero sin concentrarlas en uno, sino en cuatro órganos. Con esto se dificulta su captura política y se introducen mecanismos de pesos y contrapesos. Republicanismo 101.

Dos de estos órganos ya existen: la Academia Judicial y la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Basta con darles mayor independencia y crear los dos órganos restantes en nombramientos y disciplina. Si se creara un Consejo de la Magistratura, estas serían sus cuatro unidades. Visto así, la innovación del texto fue, simplemente, no reunir la decisión final de todas estas materias en una única última instancia, impidiendo que quien controle dicha instancia hegemonice el Poder Judicial.

Pensar en jueces y política siempre genera anticuerpos. Pero es una realidad. Podemos tapar el sol con un dedo y confiar en que basta con poner unos cuantos principios, como la independencia y la imparcialidad. Pero los principios se violan. Ese es precisamente el problema.

Si no se establecen mecanismos republicanos para impedir que la política y los intereses gremiales interfieran en la función jurisdiccional, estos acaban entrando por la ventana. Los cuatro órganos parecen una solución bien pensada.

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