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Huaso bonds: oportunidades y desafíos

Han transcurrido más de doce años desde la incorporación del Título XXIV (De la Oferta Pública de Valores Extranjeros en el país) a la Ley 18.045 sobre Mercado de Valores (LMV)...

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Han transcurrido más de doce años desde la incorporación del Título XXIV (De la Oferta Pública de Valores Extranjeros en el país) a la Ley 18.045 sobre Mercado de Valores (LMV). Sin embargo, pese a los avances regulatorios, los resultados han sido pobres. A la fecha, sólo una emisión de huaso bonds (entendiendo por ello un bono emitido por un emisor constituido en el extranjero) registrada en la SVS en 2006, ha sido colocada en el mercado local desde la incorporación del Título XXIV a la LMV.

Los avances regulatorios implementados a la fecha han generado un positivo entusiasmo y expectativas entre agentes colocadores, asesores financieros, inversionistas y, particularmente, entre los posibles emisores extranjeros interesados en obtener financiamiento en el mercado local, con interesantes ventajas comparativas en cuanto a estabilidad económica y financiera, recursos disponibles, tasas de interés y liquidez de los valores. El legislador ha efectuado recientemente una contribución importante, ampliando el universo de emisores extranjeros que califican para ofrecer públicamente sus valores en Chile, y eliminando la carga contable y financiera de homologación y entrega de información.

Es indudable que las variables económicas y financieras de nuestro mercado de valores son determinantes para la emisión y colocación de un huaso bond. Sin embargo, dada la escasísima oferta y colocación de valores extranjeros hasta la fecha, urge un esfuerzo mayor del legislador, la SVS y el SII para hacer más atractiva la colocación de valores extranjeros en nuestro país. Para ello, se debería (i) simplificar y flexibilizar los procedimientos y documentos requeridos para el registro de los valores extranjeros, especialmente, la forma y contenido del contrato de emisión de bonos, los plazos para su revisión y aprobación por la SVS, proceso que de acuerdo a la experiencia puede superar las ocho semanas; (ii) aclarar y simplificar el proceso de registro de valores o programas ya registrados y ofrecidos públicamente en bolsas de valores extranjeras de países que cumplen los requisitos de la normativa vigente; (iii) homologar la tributación aplicable a la ganancia de capital obtenida en la enajenación de los valores extranjeros a aquella aplicable a los valores locales, de tal modo que la ganancia de capital obtenida en la enajenación de los valores extranjeros ofrecidos en Chile sea un ingreso no constitutivo de renta para el inversionista (artículos 41 B y 104 de la Ley de la Renta); (iv) homologar el beneficio tributario aplicable a la ganancia de capital obtenida por los inversionistas institucionales extranjeros en la enajenación de valores locales a la venta de valores extranjeros ofrecidos en Chile (artículo 106 de la Ley de la Renta); y (v) eximir las emisiones de huaso bonds del Impuesto de Timbres y Estampillas del Decreto Ley 3.475. 
En paralelo, el rol de los asesores financieros y agentes colocadores en la promoción de las ventajas comparativas de nuestro mercado de capitales es clave para lograr un mercado de huaso bonds de mayor profundidad y liquidez, consistente con los objetivos de la autoridad regulatoria.

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