En qué consiste la Carretera Eléctrica Pública
El anuncio del presidente Piñera de crear una “Carretera Eléctrica Pública”...
El anuncio del presidente Piñera de crear una “Carretera Eléctrica Pública”, realizado el 21 de mayo de 2011, no fue acompañado de las definiciones que explicaran al país de qué se estaba hablando en concreto.
Es natural que esta situación cree incertidumbre en los actores privados. En mi opinión, la “Carretera Eléctrica Pública” consiste básicamente en una reforma a la regulación de la transmisión troncal, en que el Estado asume un rol mucho más activo en aspectos ambientales y de asegurar la faja y, al mismo tiempo, un cambio de la planificación, definición y tarificación del troncal, de modo de estimular un desarrollo más robusto de esta.
La reforma al sistema de regulación de la transmisión troncal a mediados de la década pasada estuvo demasiado influida por los efectos del ingreso de gas natural barato de Argentina a nuestra matriz energética. La interconexión gasífera permitía a Chile un desarrollo de centrales de ciclo combinado a gas natural que generaban en la base, a un costo muy inferior al carbón, a costos competitivos con la hidroelectricidad y períodos de maduración más cortos y bajos impactos ambientales. El sistema de transmisión troncal se reguló con el objetivo de entregar fuertes señales de precio que inducían a que las generadoras de ciclo combinado se instalen cerca de los centros de consumo, con un gran foco en ahorrar en costos de transmisión. Este enfoque resultó demasiado restrictivo y dependiente de una oferta de energía coyunturalmente, extremadamente favorable.
La regulación del sector y de la transmisión eléctrica en particular debe ser robusta frente a cambios en los escenarios energéticos. La transmisión troncal cumple diversos objetivos que, en el caso de Chile son fundamentales. Además de transportar la energía a los centros de consumo, permite reducir la inversión de respaldo que se debe tener en caso de interrupción o reducción del suministro de ciertas fuentes, mejorando además la estabilidad y vulnerabilidad del sistema. No obstante, la principal función es promover la competencia, al permitir integrar a un mismo mercado a múltiples oferentes y bajar las barreras de entrada a nuevos proyectos y operadores.
El sistema de transmisión troncal debe facilitar la incorporación de los recursos energéticos de que dispone el país y que están en general lejos de los centros de consumo, ya sea, hidroeléctrico, geotérmico, eólico y a futuro solar. Para ello, es fundamental crear una “carretera eléctrica pública” que implique, en primer lugar, modificar la planificación, definición y tarificación del troncal. Los esquemas de definición y tarificación de la transmisión de Chile, son atípicos. Todos los países con sistemas parecidos al chileno definen el alcance del troncal en función de la potencia y la participación de un mínimo de generadores y muchos consumidores. En todos los casos, se reconoce que una transmisión robusta cumple un rol fundamental para el conjunto del sistema y, por tanto, existe un sistema de tarificación de dos partes, en que una parte significativa se estampilla y/o cobra por los retiros.
En todos los casos, el cobro vinculado a los retiros o demanda está entre el 50% o 100% del total del costo fijo. Chile es el único país en que este cobro varía entre cero y 20%. La interconexión entre sistemas se analiza desde la perspectiva global del país. En Chile, en cambio, queda a iniciativas individuales. Se debe redefinir el concepto de troncal: eliminar requisitos de bi direccionalidad y el concepto de área de influencia común, particularidades que sólo se aplican a Chile. Estructurar un sistema de tarificación en que el 50% de los costos fijos sean financiados por el conjunto del sistema (en función de retiros), con un esquema en que se aplique el Valor Presente del Ingreso para que los que entren primero no paguen una proporción excesiva. Respecto a la planificación se debe realizar considerando también las posibilidades de recursos, definiendo obras para los próximos diez años, las cuales se pueden ajustar en el CDEC, el cual debe ser autónomo, en base a la evolución efectiva del sistema.
El Estado debe expropiar la faja y llamar a licitación de la infraestructura. Chile debe tener un troncal definido por el Estado que integre la oferta y la demanda entre Arica y Puerto Montt. Esto debe hacerse con independencia de las decisiones coyunturales que los privados tomen sobre proyectos particulares.