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Cartas

Encerronas: los límites de la Ley del Consumidor en las autopistas

Por: Equipo DF

Publicado: Miércoles 10 de agosto de 2022 a las 04:00 hrs.

Señora Directora:

Los robos violentos de vehículos en las autopistas constituyen un problema que exige la mayor atención de la autoridad.

Se trata de un tema de seguridad pública, y es el Estado el responsable de esta materia. La Ley de Protección al Consumidor no aplica respecto de las autopistas, por más seductor que parezca utilizar esta normativa, por cuanto la propia ley se encarga de aclarar que se requiere de una relación de consumo entre un consumidor y un proveedor, que se materializa a través de un precio o tarifa.

La regulación vigente establece que los cobros que pagan los usuarios de una autopista son un tributo (y no un precio), por cuanto se trata de un bien nacional de uso público, y sólo es recaudado por las concesionarias de autopistas. Los tribunales, la Contraloría y la academia han confirmado expresamente que estos pagos son impuestos que cobra el Estado. No se aplica esta normativa cuando se pretende reclamar contra actuaciones, actividades o bienes del Estado, que actúa como tal.

Un error común es desatender el ámbito de aplicación de la Ley de Protección al Consumidor y pretender utilizar las soluciones de fondo de este marco normativo, como son las reglas de seguridad. Intentar forzar el derecho en este sentido distrae de dónde encontrar las correctas herramientas para enfrentar esta gravísima situación.

Jaime Lorenzini

Abogado

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