Cartas

Consumo, Sernac y datos personales

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Señora Directora:

Casi terminando el primer mes del año y en el día en que se conmemora la privacidad de datos en todo el mundo, el gran desafío en la materia no viene dado por el proyecto de ley que modifica la ley 19.628 sobre protección a la vida privada —sin perjuicio que desde diciembre cuenta con urgencia—, sino por el boletín N° 12.409-03 que modifica la Ley de Protección al Consumidor.

¿Por qué, si la ley es obligatoria para todos, se debe decir en materia de consumo que se le debe dar estricto cumplimiento? ¿Dónde queda el principio de especialidad y la garantía constitucional de protección de datos? ¿Por qué estamos regulando la protección de datos personales en forma aislada restringiéndola a la relación de consumo?

Lo único cierto es que este proyecto de ley avanza más rápido, ya en tercer trámite constitucional, que el proyecto de ley con urgencia sobre protección de datos personales, que lleva más de tres años en el Congreso y no logra avanzar más allá del primer trámite constitucional. Así, esta norma estará vigente antes que la modificación de la ley 19.628.

Se agradecería una mayor eficiencia legislativa y eficiente uso de los recursos fiscales, los cuales en lugar de crear una mayor incertidumbre se destinaran a construir un adecuado marco regulatorio que permita sustentar el crecimiento del país, exportando servicios y atrayendo la inversión extranjera.

Macarena Gatica

Socia Alessandri Abogados

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