Compra de inmuebles y devolución de IVA
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Señor Director:
El 23 de mayo de este año el Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió el oficio N°1.017 interpretando que una persona natural que adquiere viviendas que cumplen los requisitos del DFL N°2 y las arrienda amobladas no puede acceder a la devolución del IVA pagado en la adquisición del inmueble, ya que el arrendamiento estaría eximido de ese impuesto.
Hasta ahí, parece razonable la interpretación ya que operan exenciones de IVA a ingresos calificados como no renta. Sin embargo, las unidades del SII han extendido esta interpretación a personas naturales constituidas como Empresarios Individuales (EI) generando rechazos a las solicitudes de devolución.
En la reciente operación renta, el SII instruyó tributar por las rentas de arrendamiento generadas por inmuebles DFL N°2 asignados a un EI, tomando una postura clara sobre esas rentas e, incluso, usando ejemplos de personas que había recuperado el IVA soportado en la compra del inmueble, lo que al parecer habría cambiado.
Sería ideal que el SII aclare esta situación, indicando si un EI puede o no acceder a recuperar el IVA en la compra de inmuebles DFL N°2 y, de no ser así, que instruya el procedimiento para devolver el mpuesto a la renta que erróneamente habrían pagado los contribuyentes en la última operación renta.
Raúl Gómez
Socio de Impuestos de CCL Auditores Consultores