Señor Director:
Interesante la columna del Sr. Kaiser del viernes pasado. Pero tiene un “pero” grande: se le olvidó ponerle apellido a esa mencionada “libertad”, y ésta es “económica”. De la verdadera libertad, tuvimos poco o nada en ese período.
Herman Aguirre Ayala
Señor Director:
La acusación constitucional recién deducida en contra de la intendenta Van Rysselberghe nos obliga a hacer una precisión conceptual importante, para poder en definitiva saber a qué deberán empeñarse las Cámaras del Congreso. Se ha dicho que en este caso, lo que se persigue es la responsabilidad política de la acusada y ello, técnicamente no es correcto. Los intendentes en Chile, así como los Ministros de Estado, son sólo responsables políticamente ante el Presidente de la República, lo que significa que este es el único que los puede remover por la sola circunstancia de haber perdido la confianza. De lo que se trata esta vez es comprobar si la intendenta cometió o no un ilícito constitucional. Por lo tanto, lo que deberá ocurrir es que los acusadores deberán acreditar fehacientemente la comisión de dicha falta, de modo que ambas cámaras, en sus respectivos roles, puedan resolver adecuadamente. Esta no es una decisión basada en confianzas, cariños o patriotismos. Este es un juicio donde las pruebas serán las que determinarán si hay o no responsabilidad de la intendenta. Así las cosas, el estándar de exigencia con el que la ciudadanía deberá evaluar a sus parlamentarios se referirá a si ellos han sido rigurosos en la ponderación de los antecedentes aportados, y no si ellos han defendido o atacado bien a una autoridad por ser líder de partido o un botín preciado dentro de las luchas políticas.
Hugo Tórtora Aravena
Profesor de Derecho Constitucional U. Andrés Bello
Señor Director:
Ya existe el partido progresista de centro izquierda. Sólo faltaría el partido liberal de derecha...
Gabriel Guiloff