Simplificación tributaria
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Gonzalo Polanco, director del Centro de Estudios Tributarios de la U. de Chile
Un sistema tributario ideal busca cumplir con varios objetivos en forma simultánea: ser suficiente, para que financie los gastos que cada gobierno ha decidido efectuar; simple, para que los contribuyentes cumplan fácilmente con sus obligaciones; justo, en el sentido que aquellas personas que tienen la misma capacidad contributiva, paguen la misma cantidad de impuestos; neutro, con el fin de no distorsionar las decisiones de los agentes económicos; y flexible, para adaptarse a los cambios coyunturales de la economía.
Lamentablemente, estos objetivos no siempre están alineados y en la búsqueda por cumplir en mayor medida con alguno de ellos se puede sacrificar otro.
Una manera de entender la complejidad del sistema al tratar de simplificarlo es a través del ejemplo de dos personas que reciben los mismos ingresos. El primero de ellos tiene cuatro hijos, uno de los cuales padece una enfermedad que obliga al padre a incurrir en cuantiosos gastos médicos; mientras el otro es soltero y sin hijos. En este caso hipotético, resulta evidente que no tienen la misma capacidad para contribuir al financiamiento del Estado. Resultaría razonable, en consecuencia, introducir normas que permitieran reconocer los gastos en que cada uno incurre, según lo exige la justicia.
Sin embargo, al introducir estas disposiciones, habría que establecer reglas estrictas que señalen qué tipos de gastos serían aceptados y los requisitos a cumplir. De esta manera, se obligaría al contribuyente a guardar respaldo de los gastos, y el formulario de declaración anual de impuesto a la renta necesariamente debería ser modificado. Entonces, veríamos personas con estantes llenos de archivadores con boletas. Esto atentaría en contra de la simplicidad.
Este ejemplo teórico nos muestra lo complejo que es en la realidad lograr alinear todos los objetivos al mismo tiempo. Frente a esta complejidad, la respuesta que parece obvia es optar por un "justo equilibrio". El problema es que no existe una medida tal. Este balance es fijado por el Congreso Nacional, que aprueba cada cierto tiempo una reforma a nuestra ley tributaria, por iniciativa del Presidente de turno.
Llevando este tema al escenario actual, el gobierno ha planteado la necesidad de simplificar varios aspectos de la reforma tributaria aprobada por las leyes 20.780 y 20.899. De manera frecuente, ejemplifican cómo se complejizó nuestro sistema, a través del tratamiento tributario del mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces.
Antes de la reforma, determinar el tratamiento era bastante simple, ya que se consideraban pocas variables, tales como si el vendedor era una empresa que tenía el bien raíz en su activo; si de manera habitual realizaba este tipo de operaciones; y si la venta se efectuaba a un relacionado, lo que permitía manejar las condiciones del contrato. Tras la reforma, para determinar si se debe tributar, las variables a informar se multiplicaron. Actualmente, se pregunta por la fecha de inscripción del bien raíz, el costo del mayor valor -que tiene a su vez diferentes opciones-, existencia de operaciones anteriores, monto de la utilidad, entre otras. Una vez establecido lo anterior, existen diferentes posibilidades para declarar esa renta.
En vista de lo anterior, la idea de simplificar nuestro sistema ha concitado amplio apoyo; sin embargo, es posible que las diferencias surjan al momento de discutir hasta qué punto se puede simplificar, sobre todo cuando haya que sacrificar aspectos que algunos entienden que son parte de la necesaria equidad. Importante es tener presente que no se puede conseguir el ideal en todo.
¿Qué priorizar? Todo dependerá. La técnica tributaria siempre termina plasmando una discusión política y valórica.