SMU se anota triunfo ante Walmart en el Conar por campaña del tío Emilio
Entidad validó que la comparación de boletas que se realizaba no era adecuada, porque -por ejemplo- no eran los mismos tipos de productos.
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El 11 de octubre de 2019, previo al estallido social, SMU -matriz de Unimarc, ligada a Álvaro Saieh- ingresó un reclamo en contra de Líder -de Walmart- ante el Consejo de Autorregulación (Conar) por la campaña “Total Más Bajo”, donde incluso llegó a aparecer el famoso “tío” Emilio Sutherland.
Entre los argumentos de SMU, la publicidad comparaba precios “bajo absoluta discrecionalidad y con productos que no son 100% contrastables, incluyendo productos de marca propia en vez de otros con características similares al producto comparado e incluso promociones”.
Además, la matriz de Unimarc añadió que “se incluyen precios de productos que luego aumentaron su valor en Líder; se otorga el carácter de nacional a los resultados de la comparación hecha solo en la comuna de Las Condes y en un solo día, incurriendo en pretensión exagerada, pues no es replicable a otras localidades y no es permanente”.
Como Líder hacía alusión a una comparación de boletas con Unimarc, SMU solicitó a Conar ordenar el retiro inmediato de la publicidad, tanto en los medios de comunicación, como en redes sociales y publicidad estática.
Un mes después, Conar falló a favor de SMU y ordenó la no difusión de la campaña, debido a que “el monto total que aparece en algunos avisos no coincide con el valor de ninguna de las boletas protocolizadas”, además de comparar productos de marca propia sin hacer lo mismo con la otra boleta. Por esto y otros argumentos, el Consejo añadió que aquello “implica un grado de discrecionalidad importante para afirmar que Líder tiene el total más bajo, pues resta objetividad a la muestra”.
Desde SMU señalaron estar “conformes con el fallo porque se comprobó que esta publicidad comparativa de Líder carecía de rigurosidad, induciendo a errores a los consumidores”.
Consultado a Walmart Chile, respondieron que “acogemos las recomendaciones entregadas por el organismo en su resolución, que nos permitirán mejorar la forma en la que entregamos la información de la publicidad, con el convencimiento justificado de no haber incurrido en publicidad engañosa”.