Suprema se defiende ante pugna con el TC y asegura que son "otros órganos estatales" los que deben resolver diferencias de interpretación
Lo anterior puede ser interpretado como un llamado al Congreso a que por medio de una ley corta pueda resolver las diferencias.
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Continúa la disputa entre la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional. Esta vez, la primera defendió la sentencia de la Tercera Sala que deja abierta la puerta para que los fallos del TC puedan ser revisados por instancias de la justicia ordinaria.
En una declaración pública, la Corte Suprema afirmó la autonomía constitucional del Tribunal, aunque aquello, dice, "no excluye la revisión judicial posterior por medio de la acción constitucional de garantía de derechos fundamentales que la Carta Política contempla, puesto que no ampara aquellas que se han realizado al margen de las atribuciones confiadas por la Constitución o la ley".
Por otro lado, explica la Suprema, "las materias de carácter jurídico tienen espacios propios para ser debatidas adecuadamente y, ante miradas distintas de lo que debe ser la aplicación de la Constitución y la ley, son otros los órganos estatales los competentes para decidir lo pertinente con carácter general, en ningún caso el Tribunal Constitucional y tampoco la Corte Suprema".
Lo anterior puede ser interpretado como un llamado al Congreso a que por medio de una ley corta pueda resolver las diferencias.
Después, dice el argumento de la Corte, "el recurso de protección tiene la naturaleza jurídica de una acción constitucional de amparo de derechos fundamentales, cuyo objeto preciso es determinar si la actuación impugnada vulneró la Constitución y la ley".
"La Corte Suprema, al resolver el caso, ejerció sus potestades jurisdiccionales de carácter constitucional. No ha ejercido la superintendencia directiva, correccional o económica respecto del Tribunal Constitucional, competencia de la cual carece", concluye.