La histórica disputa que podría resolver el TC con la impugnación al segundo retiro de los fondos de las AFP
Los abogados Marisol Peña y Luis Cordero anticipan lo que podría resolver el Tribunal Constitucional en relación a las atribuciones del Ejecutivo y el Legislativo.
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Luego de que el Presidente de la República, Sebastián Piñera, recurriera al Tribunal Constitucional (TC) por el proyecto de retiro de fondos que tramita el Congreso y que considera inconstitucional, la ex presidenta del TC, Marisol Peña, y el académico de Derecho de la Universidad de Chile, Luis Cordero, exponen su puntos de vista sobre la histórica disputa que podría zanjar el organismo.
Cordero argumenta que "hay pendiente una discusión en el constitucionalismo en general" respecto a si pueden existir normas constitucionales que sean inconstitucionales. O sea, si puede una norma que está en la Constitución violar la Constitución.
"Lo que subyace de eso es una vieja discusión que dice que no obstante de ser aprobado con el quórum constitucional, podría violar la Constitución si supone afectar bienes esenciales de la Constitución", asegura.
Respecto al caso específico del segundo retiro del 10%, plantea que "en un sistema normal, normas de este tipo son de iniciativa del Ejecutivo. El tema es que desde hace años existe consenso de que la iniciativa exclusiva no se aplica en casos de reformas constitucionales, pero cuando empiezas a utilizarlo como un mecanismo regular, de alguna manera estás afectando una norma permanente, que son las responsabilidades del régimen de gobierno".
Explica que "esta discusión ya la tuvo el ex presidente Salvador Allende con el Congreso y no se zanjó. Esta es una discusión antigua, que genera una gran interrogante. Uno podría entender una reforma constitucional de emergencia, pero cuando se torna recurrente la pregunta que abre es si por esta vía no estoy alterando el régimen de gobierno, y ese debate es con indiferencia del quórum. Sería una de las disputas más interesantes que tendría que resolver el TC desde su creación".
Peña, por su parte, plantea que con el primer proyecto de retiro de fondos que se transformó en ley muchas personas "interpelaron al Presidente" acerca de por qué no había requerido al TC, "en circunstancias que había normas inconstitucionales evidentes más allá del quórum".
"Si me preguntara el Presidente si debe ir al TC, le diría que debe ir, porque de lo contrario él aparecería de alguna manera aceptando tácitamente una infracción a la Carta Fundamental teniendo un resorte para frenarlo".
Afirma que con la tramitación del segundo retiro de los ahorros previsionales "se infringe el principio de supremacía presidencial y se pasa a llevar -a través de un procedimiento obtuso e indirecto- las normas que establece expresamente la Constitución para su reforma. Y en ese sentido, una reforma al capítulo de derechos y deberes debe cumplir el quórum de 2/3".
Agrega que una segunda "infracción" sería que se infringe el Estado de Derecho que obliga a todos los órganos del Estado y las personas a actuar dentro de la esfera de las competencias que expresamente le ha conferido la Constitución: "Y sucede que los parlamentarios no tienen iniciativa de ley en materias que importen gastos públicos, como en este caso porque se van a requerir invertir fondos del pilar solidario".
La académica concluye recalcando que también es de iniciativa exclusiva del Presidente todo lo que se refiere a normas de seguridad social. "Este proyecto atropella las competencias del Presidente de la República, a quien la Constitución le ha confiado la iniciativa exclusiva en materia de gasto público y de seguridad social. Los parlamentarios se han arrogado competencias que no tienen expresamente en la Constitución y eso es muy grave dentro del Estado de Derecho".