Gobierno especifica modificaciones al proyecto de reforma tributaria
Dichos cambios están enfocados en una atenuación al impuesto a los alcoholes; a la franquicia del IVA a la construcción de viviendas de UF 2.000 y al impuesto adicional a la importación de vehículos diésel de alta cilindrada de uso particular.
- T+
- T-
Hasta la Comisión de Hacienda llegó el ministro de Hacienda, Alberto Arenas, para dar a conocer las modificaciones anunciadas ayer para el proyecto de reforma tributaria que se discute en el Congreso.
En particular, dichos cambios están enfocados en una atenuación al impuesto a los alcoholes; a la franquicia del IVA a la construcción de viviendas de UF 2.000 y al impuesto adicional a la importación de vehículos diésel de alta cilindrada de uso particular.
En primer lugar, en lo que respecta a las bebidas analcohólicas, se acota a las "de elevado contenido de azúcares", especificando que cabran dentro de esta clasificación aquellas que tengan más de 15 gramos por cada 240 mililitros.
En el estado financiero, se detalla que "se ha eliminado la sobretasa propuesta originalmente" para bebidas alcohólicas .
De el texto se elimina el apartado que dice, "con todo, sobre las tasas así determinadas, se aplicará una sobretasa de beneficio fiscal de 0,03 Unidades Tributarias Mensuales por cada litro de alcohol puro que contengan dichas especies o la proporción correspondiente".
Respecto a la modificación del impuesto del tabaco, Arenas dio a conocer que se elevará de 0,000128803 UTM a 0,000143959 UTM, es decir, desde $ 5,34 por cigarrillo a $ 5,969 por cada uno.
En lo que respecta a la franquicia del IVA a la construcción de viviendas de UF 2.000, las indicaciones propuestas dicen que se aplicará en contratos de construcción que se suscriban desde 2015 y cuyo valor no supere las UF 4.000, con un tope de UF 200 por vivienda.
A partir del 1° de enero de 2016, en tanto, dicho crédito se aplicará cuando el valor no exceda las UF 3.000, conj un tope de hasta 150 por vivienda, mientras que a partir del 1° de enero de 2017 dicho crédito se aplicará cuando el valor antes dicho no exceda de UF 2.000 con un tope de 100 por vivienda.
En cuanto al impuesto a la importación de vehículos diésel, el secretasrio de Estado dio a conocer que tendrán derecho a deducir de su débito fiscal, en calidad de crédito fiscal, una suma equivalente al impuesto pagado de conformidad al artículo 20, en la adquisición de camionetas nuevas de menos de 2.000 kilos de capacidad de carga útil y siempre que pasen a formar parte del activo inmovilizado del contribuyente.