Once contribuyentes consultan por norma antielusión y SII analiza ir a tribunales
Mayoría de casos se relacionan con operaciones en el exterior. Impuestos Internos está fiscalizando 10 situaciones que podrían llegar a la justicia.
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La reforma tributaria aumentó las atribuciones fiscalizadoras de una serie de organismos relacionados con la administración de los gravámenes, principalmente del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Uno de esos mecanismos fue la creación en el Código Tributario de una Norma General Antielusión, mediante la cual el fiscalizador podrá establecer que determinados esquemas impositivos utilizados por los contribuyentes son o no elusivos. Esto es que tendrían como fin único reducir la carga impositiva o postergar el pago de los tributos.
La norma comenzó a regir el 1 de octubre del 2015 y estableció que las operaciones realizadas a partir de esa fecha podrán ser analizadas y, eventualmente, recalificadas como elusivas. La simplificación de la reforma, aprobada en enero de 2016, estableció modificaciones reduciendo su espacio de retroactividad.
¿Cómo ha operado la normativa? Según información del SII, a la fecha el organismo ha recibido 11 consultas de contribuyentes sobre la aplicación de la norma. La Ley da un espacio para que los agentes del mercado consulten al servicio si un determinado esquema puede ser considerado elusivo o no.
En tanto, el SII se encuentra fiscalizando 10 casos de operaciones potencialmente elusivas, las que en caso de comprobar un comportamiento al margen de la ley, serán denunciados ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros. A la fecha, el SII no ha presentado denuncias ante la justicia especializada.
El subdirector de fiscalización del organismo, Víctor Villalón, señala que la aplicación de la norma es “excepcional” y que no persigue un fin “recaudatorio”. Así, recalca que las consultas han sido transversales, pero enfocadas en operaciones internacionales y transferencias de promesas de compraventa locales (ver entrevista relacionada).
La reforma establece que de comprobarse la existencia de un esquema elusivo, el contribuyente será sancionado con una multa de hasta el 100% de todos los impuestos que deberían haberse enterado en las arcas fiscales, con un tope de hasta 100 Unidades Tributarias Anuales ($ 55 millones).
La visión de los analistas
El director del grupo tributario de Albagli Zaliasnik, Camilo Béjar, señala que han percibido una serie de inquietudes de los contribuyentes sobre la aplicación de la Norma Antielusión.
“Han surgido muchas preguntas sobre cómo creemos que el SII opinaría respecto de una estructura determinada, especialmente respecto de empresas familiares y de contribuyentes no residentes. El desconocimiento respecto del alcance de la norma es importante”, asegura.
Para Medardo Lagos, de DyP Abogados, los contribuyentes han ido “paulatinamente internalizando” los alcances de la nueva normativa, razón por la cual están siendo “más cautos” en sus decisiones.
“Observando la conducta de contribuyentes y asesores, la sola existencia de la NGA constituye un potente factor disuasivo”, plantea.
El socio de García Magliona, Esteban García Nadal, señala que “en general” todos los asesores tributarios están siendo “más cautelosos” en sus recomendaciones producto de la nueva normativa. “Las consultas al SII han estado acotadas a aquellos casos donde las dudas persisten o, bien, cuando el cliente exige a sus asesores tener mayor certeza de la opinión del fiscalizador”.
Mientras que el socio principal de AK Contadores, Patricio Gana, recalca que la norma es “útil” en el sentido de que opera con un efecto “intimidador”, sobre todo cuando comienza su aplicación práctica.