Sbif sufre dura derrota en la Corte Suprema y tribunal deja sin efecto histórica multa contra Corpbanca
Justicia ratificó que la Superintendencia faltó al debido proceso a la hora de sancionar al banco.
- T+
- T-
Se resolvió finalmente la disputa entre la Superintendencia de Bancos (SBIF) y CorpBanca (hoy Itaú-CorpBanca) por los préstamos a las sociedades Cascadas -con las que Julio Ponce Lerou controla SQM- y que derivaron en una histórica multa por parte del regulador por considerar que se infringieron los límites de créditos a un mismo emisor.
La Tercera Sala de la Corte Suprema desechó por cuatro votos contra uno el recurso de queja interpuesto por la superintendencia y ratificó la sentencia de septiembre del año pasado de la Corte de Apelaciones, por lo que la multa a la entidad, controlada en ese entonces por el empresario Álvaro Saieh y que era cercana a US$ 30 millones, quedó sin efecto.
El fallo del máximo tribunal reafirmó lo que sostenía la defensa del banco -encabezada por los abogados José María Eyzaguirre y Alex van Weezel, socios del estudio Claro & Cía.-, respecto de que se faltó al debido proceso. Esto, sostenían, puesto que no hubo un proceso sancionatorio en el que pudiera ejercerse la opción de defenderse.
“Atendido el desconocimiento respecto de la existencia de un procedimiento sancionatorio se ve impedido de realizar sus alegaciones y rendir la prueba que estime atingente a sus intereses, la que puede no coincidir con aquellos antecedentes requeridos por la autoridad”, dice el escrito.
El fallo de la Corte Suprema además argumenta que si bien CorpBanca tuvo conocimiento respecto de que se investigaban las operaciones vigentes relacionadas con el entonces director de la sociedad, Rafael Guilisasti, “lo cierto es que su defensa requería del conocimiento del tipo infraccional que se le imputaba, el que en la especie jamás fue puesto en su conocimiento”.
Se indica además en la sentencia que el regulador dirigió comunicaciones y solicitó documentación a CorpBanca, lo que se enmarca en el ejercicio de las facultades regulatorias que tiene, pero una vez que se proporcionó dicha información y se acompañó de la respectiva documentación se comunica al banco “la imposición de las tres multas impugnadas, sin que de forma previa se pusieran en su conocimiento los hechos que se consideran constitutivos de infracción”.
Tras conocerse el fallo, desde la entidad dirigida por Eric Parrado se remitieron a comunicar que la superintendencia “se encuentra analizando el reciente fallo de la Corte Suprema por el recurso de queja presentado”.
Itaú-Corpbanca señaló que no emitirá juicios sobre la sentencia.
“La meta hoy está en continuar con el proceso de fusión que está viviendo el banco, con el foco puesto en el cuidado de los clientes”, dijo.
Era predecible el fallo
Abogados de la plaza indican que este fallo “era predecible” toda vez que lo que se discutía en la Corte Suprema era la forma y no el fondo del caso; es decir, cuál era el proceso que debía instruir la autoridad.
En ese sentido, comentan que “si no cumplías con la tramitación básica de una sanción, era bien difícil que la Corte aceptara una cosa como ésta”.
Añaden que históricamente la superintendencia ha tenido la doctrina de que las normas aplicables a los procedimientos administrativos no le eran extensibles. “Esa es una doctrina que la Superintendencia de Bancos ha tenido, e históricamente la Contraloría y la propia Corte habían dicho que no era así”, comenta uno de los abogados.
LOS TRES PRÉSTAMOS
- Pampa Calichera consiguió dos créditos con CorpBanca por US$ 70 millones para recomprar parte de sus bonos en circulación. Su ganancia es que logra liberar acciones de la serie A de SQM prendadas, pues el préstamo tiene una relación de cobertura menor que los bonos.
- Oro Blanco tuvo un préstamo con CorpBanca por US$ 84,6 millones. De éstos, US$ 12,5 millones sirvieron para prepagar un crédito anterior, mientras que los otros US$ 72,05 millones se los entregó a su controladora, Norte Grande.
- Otro crédito anterior de Oro Blanco con el banco, por US$ 40 millones, vio modificada su tasa de interés desde 4,82% anual a 5,85% anual, con una extensión de plazo en el pago del capital.