Actualidad

Corte Suprema ordena a empresa de alarmas ADT pagar indemnización por infringir ley del consumidor

Segunda sala del máximo tribunal rechazó el recurso de queja presentado en contra de sala de la Corte de la Corte de Apelaciones de Talca que condenó a la ADT por los perjuicios provocados a la empresa Milad y Compañía Limitada de Curicó.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Viernes 30 de enero de 2015 a las 15:33 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

La Corte Suprema ratificó esta tarde la sentencia que ordena a la empresa de alarmas ADT pagar una multa de 5 UTM (unidades tributarias mensuales) y una indemnización de 10 millones por infracción a la Ley del Consumidor.

En fallo unánime, la segunda sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Domestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas- rechazó el recurso de queja presentado en contra de sala de la Corte de la Corte de Apelaciones de Talca que condenó a la ADT por los perjuicios provocados a la empresa Milad y Compañía Limitada de Curicó.

La sentencia del máximo tribunal descarta falta o abuso grave en la resolución del tribunal de alzada talquino que condenó a la empresa por falta de servicio en dos casos de robos a locales comerciales de Milad, que no fueron reportados por el sistema de monitoreo contratado, producto que los autores de los robos desconectaron las líneas telefónicas de enlace.

"Cabe consignar que aunque la desconexión haya sido del sistema de alarmas propiamente tal o del sistema telefónico de enlace, e, incluso, aunque no hubiere habido desconexión a raíz de los robos, la empresa contratante no queda liberada de la obligación principal que contrajo, por cuanto, técnicamente, la empresa no puede dejar de percibir si se produce cualquier tipo de desconexión, pues lo normal es que monitoree un sistema conectado", sostuvo el fallo de la Corte de Talca.

Lo más leído