Empresas podrán hacer PCR a sus trabajadores siempre y cuando asuman el costo del examen
La Dirección del Trabajo emitió dos dictámenes seguidos para dar cuenta del proceder. Abogados plantean que debe haber razones justificadas.
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El pasado 30 de marzo, la Dirección del Trabajo (DT) fue tema de conversación entre abogados y trabajadores a raíz de un dictamen que generó fuertes críticas.
En el pronunciamiento, el servicio no consideraba razonable ni legítimo que un empleador -a priori- negara a sus trabajadores el ingreso por no contar con un examen PCR negativo para la detección de Covid-19, “sin existir, en el caso concreto, alguna sospecha de contacto que requiera la concurrencia de dicho trabajador a un centro asistencial”.
Sin licencia médica, no había justificación para ausentarse de sus labores y, por ende, seguiría recibiendo su remuneración y cumpliendo con su rol.
Si bien el dictamen surgió luego de que el servicio fuera consultado por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), fue duramente criticado por varios abogados a través de redes sociales, quienes aseguraron que la DT estaría “descuidando” la salud y protección de los trabajadores.
Tras esto, el 1 de abril el servicio emitió un nuevo pronunciamiento -complementario del anterior- que modifica su interpretación inicial al plantear que sería “perfectamente admisible que el empleador requiera a sus trabajadores el examen PCR” como un mecanismo idóneo para lograr la prevención y control del contagio del Covid-19.
“La medida antes mencionada se entenderá jurídicamente admisible en aquellos empleadores que actualmente estén realizando o, en el futuro quieran realizar, exámenes PCR a sus trabajadores, y, por tanto, podrán continuar haciéndolo o empezar a hacerlo según corresponda, siempre que el costo económico que aquello signifique sea asumido por dicho empleador”, dice el nuevo dictamen.
El factor costo
El socio y director laboral de AZ, Jorge Arredondo, el último dictamen establece que “no existiría un impedimento legal” cuando existan razones justificadas” para la realización de estos exámenes.
“Ello implica que, dependiendo del tipo de servicio que realizan los trabajadores, siempre que el empleador asuma el costo, consignándose ello en el reglamento interno y no implicando una medida discriminatoria, el examen de PCR es un mecanismo válido y legal para la DT, que implicaría una obligatoriedad en someterse a ese examen cumpliéndose los requisitos previamente señalados”, detalla.
En la misma línea, desde Fontaine & Cía. Abogados agregaron que con este nuevo pronunciamento, el empleador, en cumplimiento de su deber de proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores, “puede requerir el test PCR a los trabajadores, especialmente en el lugar donde prestan sus labores, siempre que el costo económico sea asumido por el empleador y que la aplicación no constituya una conducta discriminatoria, ni atente contra sus derechos fundamentales”.
En este contexto, la directora del Trabajo, Lilia Jerez, sostuvo que el segundo de los dictámenes busca profundizar en un aspecto ya tratado en el primer dictamen, en el sentido de si es posible o no que el empleador puede solicitar examen de PCR a sus trabajadores.
“La misma respuesta positiva se da en ambos dictámenes, estableciendo que ello si bien es una medida que apunta a proteger la vida y salud de los trabajadores, debe ser financiada por el empleador y nunca puede constituir la aplicación de algún criterio que suponga discriminación ni atentado a los derechos fundamentales de sus trabajadores”, expuso.