22 preguntas para entender el proyecto del Gobierno de un tercer retiro desde las AFP
Esta iniciativa, sobre la cual profundizó Diario Financiero en la edición del martes 27 de abril, fue retirada del Congreso por parte del Ejecutivo luego que el Tribunal Constitucional desestimara el requerimiento contra una iniciativa similar aprobada por los parlamentarios.
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Una serie de preguntas surgieron luego del anuncio del Ejecutivo del proyecto de ley para permitir un tercer retiro de fondos, dado a conocer la noche del domingo 25 de abril por el Presidente y que ingresó al día siguiente al Parlamento.
En ese contexto, en Diario Financiero enumeramos las principales interrogantes que surgieron, algunas de las cuales alcanzaron a tener sus respectivas respuestas y otras aún dejaron algunos detalles pendientes. Esto se debió a el Gobierno retiró del Congreso esta iniciativa el martes 27 de abril luego que el Tribunal Constitucional desestimara su requerimiento en contra del proyecto sobre tercer retiro aprobado por diputados y senadores.
1.- El tercer retiro considera que los cotizantes podrán retirar un monto máximo con cargo a sus cuentas individuales de 150 UF (unos $ 4,4 millones aproximadamente) con un mínimo de 35 UF ($ 1 millón).
¿Esta medida incluye a quienes ya hicieron el primer y segundo retiro y aún tienen algún saldo?
Respuesta: Sí.
2.- ¿Cuántos afiliados podrían acceder a estos fondos?
Respuesta: La Superintendencia de Pensiones expuso ante el Congreso que unos 10,6 millones de afiliados y beneficiarios podrían hacer un tercer retiro. Esto -basado en el proyecto ya aprobado por el Congreso- involucraría unos US$ 18.952 millones, o sea, un 9,3% del total de los fondos de pensiones al 31 de marzo de 2021.
3.- ¿Cuántos afiliados arriesgan quedar con saldo cero en su cuenta de capitalización individual?
Respuesta: 3,2 millones de personas podrían retirar todo su saldo en un eventual tercer retiro, según estimaciones de la SP para el proyecto ya aprobado en el Congreso.
4.- La propuesta plantea que solo pagarán impuestos los cotizantes pertenecientes al 10% de más altos ingresos. ¿A cuántas personas involucra esta exigencia?
Respuesta: Para hacerse una idea, el proyecto de segundo retiro presentado por el Gobierno establecía que los retiros pagarían impuestos según el tramo de Global Complementario en que se ubicará el contribuyente. Con esto se buscaban recaudar US$ 713 millones.
Sin embargo, en el trámite se alcanzó un acuerdo para eximir de impuestos a quienes percibieran rentas anuales por debajo de 30 UTA ($ 18,6 millones). Esto redujo la recaudación esperada en US$ 195 millones.
5.- ¿A cuánto asciende ese impuesto?
Respuesta: El proyecto establece que el retiro no será considerado como renta para las personas que perciban hasta 35 UTA al año ($ 1,8 millones mensuales).
El Presidente anunció que el gravamen se aplicará solo a quienes retiren fondos y a su vez se ubiquen en el 10% más rico de la población.
Según la última Encuesta Casen, un hogar que se ubica en el 1o% más rico percibe ingresos autónomos promedio de $ 3,5 millones mensuales por persona. En base a información del SII, en el año comercial 2019 (tributario 2020) 242.660 personas declararon ingresos mensuales desde $ 3,6 millones (70 UTA, lo que las ubica en el tramo de tasa de 23%) hasta $ 6,2 millones y más (120 UTA y más, perteneciendo al tramo más alto de impuesto personal de 35%)
6.- ¿Cuántas personas pagaron impuestos por el segundo retiro? ¿Cuánto se espera que se recaude con ello?
Respuesta: A la fecha, los contribuyentes están declarando el segundo retiro que realizaron durante 2020 en la Operación Renta 2021.
Las dudas del reintegro
El reintegro de los fondos contemplará una cotización adicional, con el fin de restituir lo retirado de sus cuentas individuales. Para lo anterior, la cotización mensual se incrementará en 1% adicional, la que será de cargo del empleador. Adicionalmente, el Estado le otorgará otro 1% con el fin de incentivar su reintegro, con un tope de 0,3 UF, la que será integrada en la cuenta individual de cada trabajador.
De este planteamiento se desprenden las siguientes preguntas:
7.- ¿La cotización adicional del 2% será universal?
Respuesta: Sí, independiente de si la persona retiró fondos o no.
8.- ¿La cotización adicional del 2% será permanente o transitoria?
Respuesta: Desde Hacienda señalan que del 2% adicional, 1% como aporte del Estado y otro 1% como cargo al empleador, serán aportes permanentes, tanto para quienes retiran sus fondos como para quienes no retiran.
9.- ¿La cotización de 2% adicional será gradual?
Respuesta: No. La cotización adicional comenzará aplicarse a partir de 2022.
10.- ¿Pagará comisión la nueva cotización adicional para el reintegro?
Respuesta: El proyecto establece que no generarán cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las AFP.
11.- ¿Cuánto se podrá retirar?
Respuesta: El proyecto establece límites y pisos para retirar. Lo máximo que podrá rescatarse serán 150 UF, mientras que si lo ahorrado por el cotizante es menor a 35 UF, podrá realizar el rescate de la totalidad de sus fondos.
12.- ¿Habrá un régimen especial, como una mayor gradualidad para las PYME? Han acusado que se crea un impuesto al trabajo.
Respuesta: Desde Hacienda sostienen que "este será un esfuerzo conjunto entre los empleadores y el Estado, es decir, entre todos los chilenos, con el único fin de preocuparnos por el futuro: mejorar las pensiones. Para salir adelante en este momento país necesitamos un esfuerzo conjunto, en que todos los sectores pongamos de lo nuestro".
13.- ¿Qué ocurre con la cotización adicional para el caso de los independientes? ¿Solo habrá un aporte fiscal? ¿Será de 2 puntos?
Respuesta: El proyecto de ley establece que un punto será de cargo del Estado y otro punto de cargo del trabajador independiente.
14.- ¿Cuándo podrá comenzar a realizarse el retiro?
Respuesta: El retiro podrá solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2021 y la entrega de los fondos acumulados y autorizados de retirar se efectuará en un plazo máximo de 20 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva AFP.
15.- Quienes no realicen retiros, igualmente el Estado les aportará el 1% con un tope de 0,3 UF con el fin de contribuir al mejoramiento de sus ahorros previsionales. ¿En cuánto podrían favorecer las pensiones a futuro? ¿Qué dicen los cálculos?
Respuesta: Una interrogante aún sin antecedentes.
16.- ¿El alza de la cotización será parte de la reforma previsional? ¿Cómo interactúa con el alza de cotización de 6 puntos?
Respuesta: El ministro del Trabajo, Patricio Melero, señaló ayer Radio Pauta que la cotización adicional de reintegro de fondos es parte de los 6 puntos de cotización adicional que incorpora la reforma previsional, hoy en trámite en el Senado.
17.- El proyecto otorgará un Bono de cargo fiscal por $ 200.000 para los cotizantes que a la fecha tuvieran saldo cero en sus cuentas de capitalización individual producto de los retiros. ¿A cuántos afiliados favorecerá esta iniciativa? ¿Deben cumplir algún requisito?
Respuesta: El bono es para todas las personas que entre la fecha de entrada en vigencia del primer retiro y el 31 de marzo del 2021, hayan tenido un saldo cero producto de esos retiros.
Así se llega a tres millones de personas que hoy siguen en saldo cero, otros que tienen menos de $ 200 mil y otros muy minoritarios que, teniendo más de $ 200 mil, alguna vez estuvieron en cero por los retiros.
18.- ¿Cuándo se pagará el bono de $ 200 mil?
Respuesta: Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de 30 días corridos contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.
19.- ¿Cómo se financiará el bono de $ 200 mil?
Respuesta: El ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, señaló que el costo fiscal del proyecto en su conjunto ascenderá a unos US$ 2.000 millones. El proyecto señala que se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y, de requerirse más fondos, con la partida del Tesoro Público.
20.- ¿Cómo operará el adelanto para pensionados de renta vitalicia, de hasta un 10% de su reserva técnica, con un tope de 100 UF ($ 2,9 millones aprox.)?
Respuesta: Se otorgará un adelanto por una sola vez para pensionados de renta vitalicia, de hasta un 10% de su reserva técnica, con un tope de 100 UF y con cargo fiscal.
21.- ¿Aplica a todas las modalidades de pensiones por rentas vitalicias?
Respuesta: Los pensionados de vejez e invalidez y sobrevivencia acogidos a la modalidad de renta vitalicia inmediata, renta temporal con renta vitalicia diferida o renta vitalicia inmediata con retiro programado, en estos dos últimos casos que se encuentren gozando de la renta vitalicia, tendrán derecho a un anticipo .
22.- ¿En qué plazo se descontará las 100 UF, con un tope de 10% de su renta vitalicia, hasta enterar el monto total del anticipo?
Respuesta: El anticipo se devolverá al Fisco a través de Tesorería, en cuotas mensuales, iguales y sucesivas equivalentes al 10% del monto de la pensión bajo modalidad de renta vitalicia sin multas ni intereses, hasta la devolución del monto total del anticipo. Las cuotas mensuales se pagarán a contar del mes de enero del 2023.