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Un reordenamiento necesario

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Las sociedades anónimas pueden financiarse con crédito o capital y, en ambos casos, el financista último son personas que desconocen el destino de sus dineros, pero que confían en que el Estado les proveyó un sistema que, junto con obligarle a que entreguen sus recursos a terceros para que los administren (bancos, AFP y compañías de seguros), les asegura que en la medida de lo posible, dicho sistema funciona.

La mayoría de los chilenos desconoce que cada vez que recibe sus liquidaciones con descuento o entrega sus pocos ahorros a los bancos, echa a andar una máquina, en la que lo sigue es una inversión cuyo retorno debiera asegurar la devolución de los fondos más el interés asociado, y la prima o beneficio para el administrador. Todo esto funciona de maravillas cuando el mercado responde. Sin embargo, pasa -y no pocas veces- que quien recibe esos dineros no los devuelve, sea porque el negocio no produce el retorno esperado o porque se hizo una mala gestión del proyecto.

Cuando eso ocurre, normalmente quien pierde es la gente y no el administrador. Ahí interviene el Estado, que se ha limitado a recibir su parte de los beneficios. Lo hace, revisando que el administrador no se haya quedado con dinero del inversionista, (superintendencias y fiscalías) y que el receptor de los fondos, responda (tribunales). El problema es que a veces éste no responde y en ese caso, la pérdida la hace la gente que ni sabía siquiera en dónde estaba su dinero.

Esto podría mitigarse si el sistema realmente funcionara. Por ejemplo:
1) Si se estableciere que quienes administran fondos de terceros, se quedan sin beneficio si no hay retorno de capital. Eso los obligaría a ocuparse de que los negocios funcionen y que a lo menos el capital invertido se garantice; 2) Si se exigiera que las empresas que clasifican riesgos y que auditan centren su actividad en eso y no en otros servicios, que pueden comprometer su independencia; 3) Si se exigiera también que los auditores para el ejercicio siguiente, sean los que se elijan por quienes invierten y no por los que controlan, y se agregare que, si tras esa auditoría se detecta que el controlador omitió información, quien responda sea el controlador; y 4) Que los valores que se pagan por estos conceptos, sean estandarizados, para evitar la inclusión de premios que no debieran aplicar cuando hay fiscalización. Si la hay, se produce un contrasentido.

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