¿Realmente la IA no está regulada?
Macarena Gatica Socia Alessandri Abogados
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Macarena Gatica
Acaba de concluir la conferencia anual de IAPP (International Association of Privacy Practioners) en Washington DC. Es sin duda la reunión más relevante sobre privacidad y protección de datos en el mundo.
Chat GPT e inteligencia artificial fueron temas obligados. El Deputy General Counsel de OpenIA, Che Chang, comentó acerca de la reunión sostenida con el regulador italiano, luego que este restringiera el tratamiento de datos personales de usuarios italianos fundado en la supuesta recolección ilícita de datos y la falta de un sistema de verificación de la edad de menores. Al respecto informó que prontamente la aplicación sería liberada, reconociendo la necesidad de trabajar en transparencia.
“La tecnología no está exenta de riesgos, pero no es posible sostener que como personas no contemos con una protección respecto de la inteligencia artificial”.
“Generative IA” nos dejó a todos sorprendidos con la calidad de las imágenes creadas y sus consecuencias en relación con la eventual vulneración de los derechos de autor. Al respecto, ya existen soluciones que autentifican tales contenidos. Para los que no saben a qué me refiero, busquen la fotografía del Sr. Trump eludiendo su arresto, imagen absolutamente falsa, creada con IA.
De las exposiciones presenciadas, coincido con lo que señaló Álvaro Bedoña, Comisionado de la Federal Trade Commission FTC, (órgano encargado de velar por la protección al consumidor en EE. UU.), en cuanto a que no debiera existir tanto temor respecto de la IA al punto de querer suspender o bloquear su desarrollo y sus variables implementaciones. Mencionó como ejemplo el lanzamiento del Iphone en el año 2007, ¿se imaginan haber querido plantear su bloqueo porque podríamos tener múltiples aplicaciones que permitirían comunicarnos con video en tiempo real y de facilitar/simplificar nuestra vida, porque compartiríamos nuestra información personal con otros? Lo que intenta destacar es que la tecnología no está exenta de riesgos, pero ello no debe significar la paralización de su avance ante el desconocimiento de la magnitud de lo que la tecnología pueda abarcar.
Lo más relevante es que la IA ya se encuentra regulada. Por ejemplo, si un consumidor ha sido discriminado arbitrariamente, negándosele un producto o servicio o bien aplicándosele condiciones más gravosas en forma arbitraria, en virtud de un algoritmo, ello constituye una vulneración de derechos fundamentales, actualmente garantizados a por nuestra Constitución, derechos del consumidor establecidos en la ley 19.496 sobre protección al consumidor, entre otras normativas. Por tanto, no es posible decir que como personas no contemos con una protección respecto a la IA.
Sean o no los riesgos de carácter normativo, lo recomendable es aplicar la evaluación en la creación e implementación de IA. Fundamental es el deber de información y transparencia, de manera que el usuario de la tecnología pueda evaluar los riesgos y decidir informada y libremente el uso de esta.