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Protección a las PYME: ¿autorregulación, acceso a la justicia o ley?

Macarena Letelier Velasco Directora Ejecutiva CAM Santiago

Por: Macarena Letelier Velasco | Publicado: Miércoles 4 de mayo de 2022 a las 04:00 hrs.
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Macarena Letelier Velasco

Distintas son las iniciativas que buscan proteger a nuestras PYME, las que muchas veces se ven enfrentadas a dificultades en la cadena de pago para poder cumplir con sus propias obligaciones y mantenerse “vivas” en momentos complejos de la economía.

El gran desafío es visualizar la construcción de esa protección cuando la política propuesta puede tener efectos colaterales, o bien se hace cargo solo de una parte del problema. Históricamente el pago oportuno e integro ha sido un tema que impacta a los emprendedores, y es ahí donde hoy está avanzando un proyecto que tiene un fundamento y objetivo unánimemente compartido, pero que muestra que el problema y sus soluciones merecen un análisis mayor.

“El gran desafío es visualizar esa protección cuando la política propuesta puede tener efectos colaterales, o bien se hace cargo solo de una parte del problema”.

La Comisión de Economía del Senado se encuentra conociendo, en segundo trámite constitucional, el boletín 14.011-03 que modifica la ley 20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño. La iniciativa tiene como objetivo hacer solidariamente responsable a la empresa principal, o dueña de la obra o faena, del pago de obligaciones por las micro, pequeñas o medianas empresas proveedoras, en las condiciones que establece.

Las preguntas son varias. ¿Qué se entenderá por contrato esencial para la ejecución del proyecto? ¿Cómo afectará la contratación futura de PYME en este ámbito una norma de esta naturaleza? ¿Es un problema específico o de carácter general el que se analiza? ¿Qué implicancias tributarias hay al pagar con un Rut diferente si paga la obligación el contratista? ¿Cómo conversa con la ley de subcontratación? ¿Se alegará una relación comercial?

El espacio para responder a esta problemática es amplio. La autorregulación a través de las guías para cadenas de suministro sostenible (lanzada en marzo por la Cámara de Comercio de Santiago), el desarrollo constante de la responsabilidad empresarial, de registros de proveedores que eleven el estándar de cumplimiento de sus obligaciones con los terceros que contrata haciendo activa y virtuosa la cadena. Fomentar la mediación comercial en estos contratos largos de ejecución de obras, resolviendo a medida que los incumplimientos aparecen, pactándolo así desde su inicio.

Judicializar en estos casos es poco adecuado, no solo por los plazos y costos, sino porque deja en un estado de desconfianza, siendo que por lo general son los mismos proveedores los que se repiten una y otra vez en este tipo de contratos. Como señaló el exdiputado y actual ministro Jackson como miembro de la comisión, en primer trámite “el problema se da porque no toda empresa puede sostener una judicialización de sus conflictos (…)”.

Finalmente, la ley impone la obligación, establece sanciones y aparece cuando la autorregulación y la resolución adecuada del conflicto no pudieron hacer lo suyo. Proteger nuestras PYME es responsabilidad de todos, pero lo también lo es optar por las medidas correctas para ese fin.

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