Penta y el SII: a propósito de la jauría
Mauricio Loy Socio de Loy Letelier Campora
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Mauricio Loy
En los últimos días hemos escuchado ciertas voces que reclaman que el SII habría otorgado espurios beneficios a los “poderosos”, específicamente al Grupo Penta. La tesis es que el Grupo Penta no tendría derecho a rebajar de sus impuestos el gasto incurrido en su defensa legal con ocasión del caso de financiamiento irregular de la política.
El pretendido argumento es que, habiendo sido condenados, sería injusto que “todos nosotros” financiemos su gasto por conceptos de honorarios en defensa legal. ¿Porqué “todos nosotros”? Porque, al ser los honorarios un gasto deducible, el Grupo Penta registró un gasto de $ 1.400 millones, el que, de haberse rechazado, habría generado impuestos por $ 378 millones (el 27% de los $ 1.400 millones).
Tres puntos creo relevante destacar al respecto.
En primer lugar, bajo la tesis de los acusadores, ningún imputado o condenado tendría derecho a registrar como gasto los honorarios pagados por concepto de defensa jurídica. Ello atentaría contra el principio de inocencia en perjuicio de un simple imputado, y contra los principios de legalidad y tipicidad respecto de los condenados, pues equivaldría a imponer sanciones no previstas por la ley por conductas no tipificadas como merecedoras de la pretendida sanción. Por supuesto, en días en que la juridicidad no está precisamente de moda en Chile, la abrogación de esos principios es menos importante que las batucadas.
En segundo lugar, cabe preguntarse, ¿es verdad que “todos” habríamos financiado el gasto? Si bien es cierto que un gasto supone una rebaja del impuesto que dicho contribuyente paga, esa verdad es sólo la mitad de la historia. La otra mitad (por cierto omitida) es que cada peso de gasto es, irremediablemente, un peso de ingreso para otro contribuyente. Siendo este el caso, si Penta tomó un gasto de $ 1.400 millones, eso no puede sino significar que los abogados del caso tuvieron $ 1.400 millones de ingresos. Siendo así, los $378 millones de “ahorro” que tuvo Penta, son los mismos $378 millones de impuestos que pagaron los abogados.
Nótese, además, que si la boleta legal vino de ellos como personas naturales, los impuestos pagados serían superiores al gasto financiado por “todos” (los impuestos serían de $ 560 millones usando la tasa marginal máxima de 40%). Así, en términos agregados, “nosotros”, nada perdimos (puede que, en los hechos, “nosotros” hayamos incluso ganado).
En tercer y último lugar, salta a la vista un tema que en una república liberal sería lo único importante, cual es que el gasto en cuestión es perfectamente legal. En una sociedad liberal y laica el componente moral de los impuestos comienza y se agota en la norma que es aprobada democráticamente, siendo el estricto apego a la ley tributaria el único criterio de legitimidad del gasto en cuestión.
Pero bueno, otra alternativa para determinar cuántos impuestos sería “justo” pagar sería consultar al crítico iluminado de turno cuánto le parece que sus blancos ideológicos deben pagar. Eso es mucho mejor que reivindicar el impopular concepto de Estado de derecho.