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Columnistas

Cascadas artificiales

Por: Equipo DF

Publicado: Viernes 30 de agosto de 2013 a las 05:00 hrs.

Las sociedades cascada han vuelto a llamar la atención, y vale la pena refrescar el concepto. La cascada permite controlar una sociedad con un porcentaje mucho menor de acciones que las que se necesitaría normalmente; si usted tiene el 51% de una sociedad que a su vez controla el 51% de otra, en los hechos controla esta última con un 25% de los votos. Agréguele diez sociedades entre medio y controla la sociedad con menos de un 1%.

Lo que hacen estas estructuras es disociar los derechos económicos de los derechos políticos. ¿Ilegal? No. ¿Conveniente para un buen gobierno corporativo? Probablemente tampoco, pues los conflictos de interés que produce son evidentes.

Al invertir una empresa en un proyecto cualquiera, es probable que una parte del valor creado vaya a parar al bolsillo de quien toma la decisión, en forma lícita o ilícita, soportando todos los accionistas esta sustracción a prorrata. Ante esta realidad, lo ideal es que quien decide se vea afectado por la sustracción, como cuando el controlador tiene dicho control en forma directa, pues su decisión se alineará mejor con el interés de la sociedad y la inversión se verá menos distorsionada. Por el contrario, si el controlador tiene el 1% de los derechos económicos de la sociedad, lo más relevante en su decisión de inversión será cuanto beneficio privado podrá obtener de la misma, pues su prorrata en la sustracción es irrelevante y por tanto la dispersión de intereses con los demás accionistas es total, resultando la inversión distorsionada e ineficiente desde el punto de vista de la compañía.

Otro caso. Si el controlador no goza de una porción relevante de los beneficios económicos que la sociedad produce, tendrá todos los incentivos para que dichos beneficios no se distribuyan a los accionistas, tenga o no buenos proyectos en qué invertirlos, ya que así podrá utilizarlos en inversiones que le generen valor de forma indirecta, por ejemplo, a través de operaciones con partes relacionadas.

Lo anterior, pareciera sacado de la película Wall Street, pero no es más que el juego de incentivos que deben abordar las reglas de gobierno corporativo.

¿Debiesen prohibirse las cascadas? Ni Estados Unidos, ni el Reino Unido, ni Alemania ni Japón las han prohibido y sin embargo en dichos mercados están en retirada. Todo indica que la mayor conciencia al momento de invertir las hacen un mecanismo caro para quienes buscan financiamiento y paulatinamente tienden a desaparecer. Es de esperar que Chile siga el mismo camino.

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