Cartas

Ley de información financiera

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Señora Directora:

A propósito de la moción parlamentaria que busca establecer la obligación de entregar información de cuentas bancarias al Servicio de Impuestos Internos (SII), veo con preocupación que no existe una mención respecto a la capacidad y procesamiento de los datos por parte de la autoridad fiscal.

Me refiero concretamente a que del análisis de los datos surjan antecedentes relevantes y suficientes para iniciar y terminar con éxito un proceso de fiscalización. Un informe de la Comisión Europea emitido en 2017 respecto del intercambio de información fiscal concluyó que los estados están abrumados por la cantidad de información que reciben y no la pueden procesar adecuadamente por falta de equipos y recursos.

Para que tenga sentido el exigir la entrega de información, es necesario que la autoridad cuente con un sistema adecuado de almacenamiento y procesamiento. Si se carece de esta capacidad, el argumento de combate a la elusión y evasión tributaria no resulta aplicable para entregar mayores facultades a la autoridad fiscal.

Es necesario que los promotores del proyecto indiquen de manera concreta qué planes tienen para la información que solicitan y como será recibida, procesada y almacenada de manera efectiva y segura para conseguir los objetivos recaudatorios que proponen.

José María Diez Lempereur de Saint Pierre

Socio Recabarren y Asociados

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